En este sistema heteropatriarcal se erotiza la violencia en una relación sexual. Vale decir, la violencia sería parte de una dinámica erótica. Entonces, a pesar de ver en un vídeo a Antonia Barra siendo tironeada y empujada contra una pared, el uso de la fuerza se invisibiliza e incluso es romantizada diciendo que son abrazos. A la vez se mal entiende el consentimiento, ya que es imaginado sobre un territorio “neutro”, libre de presiones y condicionamientos sociales, afectivos y contextuales. Pero lo que demuestra Inés Hercovich es que lo que ocurre ahí, es la fatal transacción entre sexo por vida.
Los movimientos feministas y de mujeres han puesto sobre la mesa el problema de la violencia de género como un problema público, desligado del ámbito privado, junto con cuestionar las definiciones que giran en torno a la individualización y la patologización del agresor. Enmarcan todo tipo de violencia basada en género como el sostén que perpetúa el sistema de dominación heteropatriarcal. A raíz de esto, existe un creciente interés público por el juicio en contra de Martín Pradenas, imputado por el delito de violación hacia Antonia Barra.
Hasta ahora, la defensa del inculpado ha reproducido argumentos prejuiciosos en base al género de las víctimas que reflejan de forma mórbida lo que se define por cultura de la violación. Una cultura donde la violación es omnipresente y se entreteje en las relaciones, expresada, por ejemplo, en ciertas ideas acerca de la virilidad masculina y la sexualidad femenina, imaginada como pasiva. Más concreto aún, cada una guarda en sus recuerdos las advertencias que familiares les hicieron al salir a esa primera fiesta: “cuidado con lo que te puedan poner en el trago”, “no vuelvas sola”, “no vayas por lugares oscuros”, entre otras advertencias que nos invitaban a cuidarnos de ser violadas.
En la formalización a Pradenas, el juez Federico Gutiérrez rechazó la prisión preventiva como medida cautelar en la primera instancia, argumentando que las pruebas presentadas en las otras cuatro denuncias se basaban en los testimonios de las víctimas y, en el caso de Antonia Barra, en un vídeo que se ha hecho popular en redes sociales. El nulo crédito que dio a las denuncias de las otras mujeres terminó también por prescribir dos de los cuatro delitos sexuales imputados a Pradenas.
Llama la atención que una de las declaraciones iniciales del juez, se sustenta en la necesidad de “sustraerse de convicciones sociales y políticas”. Sin embargo, en estas palabras encontramos lo que Inés Hercovich define como la reproducción de una “imagen en bloque” asociada a la violación. Según esta psicoanalista, que investiga la violación desde el relato de las víctimas, este “bloque de imágenes” se edifica en base a la relación de poder, sexualidad y violencia. Es un conjunto de representaciones y significaciones colectivas respecto de la violación, que incluye principalmente mitos relacionados al escenario donde debería ocurrir (por ejemplo, un callejón oscuro), la idea de la víctima como una mujer histérica (que “provoca” ) o que serían casos aislados, entre otros.
Respecto de esta “imagen en bloque”, otro breve análisis. Las palabras utilizadas por el juez Gutiérrez abarcaron dos puntos: referencias al vídeo que muestran a Antonia Barra y Martín Pradenas en las afueras de una cabaña de Pucón, y las referencias a las contradicciones en los testimonios de las denunciantes. En esas alusiones, el juez describe las imágenes como una secuencia donde “alternadamente (Antonia y Martín) se toman de las manos y abrazan” como una suerte de atenuante, por la que no se puede constatar la incapacidad de la víctima para oponerse a los forcejeos del inculpado. La pregunta es por qué donde el juez ve un abrazo, nosotras vemos forcejeo.
En este sistema heteropatriarcal se erotiza la violencia en una relación sexual. Vale decir, la violencia sería parte de una dinámica erótica. Entonces, a pesar de ver en un vídeo a Antonia siendo tironeada y empujada contra una pared, el uso de la fuerza se invisibiliza e incluso es romantizada diciendo que son abrazos. A la vez se mal entiende el consentimiento, ya que es imaginado sobre un territorio “neutro”, libre de presiones y condicionamientos sociales, afectivos y contextuales. Pero lo que demuestra Inés Hercovich es que lo que ocurre ahí, es la fatal transacción entre sexo por vida.
Un segundo punto abordado en el tribunal alude a que algunos de los testimonios describen hechos contradictorios, refiriéndose al estado etílico en que habría estado una de las víctimas y las incoherencias en los relatos de algunas de las otras mujeres que denuncian. De forma explícita, se declara que el testimonio de ellas y las pericias no son suficientes para acreditar la violencia sexual. Es decir, el relato es una y otra vez desestimando, incluso estando respaldado por profesionales.
Está exhaustivamente estudiado el daño físico, económico, social y psíquico que provoca esta dimensión de la violencia de género. Respecto del estado psíquico, es necesario considerar la grave vulneración al propio cuerpo, integridad y dignidad de la persona. Y desde ahí se podrá comprender que su efecto inmediato será la imposibilidad de relatar un testimonio en orden cronológico, lineal y encontrar las palabras exactas que la justicia esperaría escuchar. La experiencia de violencia es al arrasamiento del sujeto, que en el caso de la violencia de género, reduce a las mujeres y disidencias a la condición de objeto. En ese marco podemos entender que luego de un acontecimiento de esta naturaleza existan sensaciones de miedo, vergüenza, naturalización de la agresión, sensación de invasión del propio cuerpo o de pérdida de control.
En este juicio vemos una vez más, que la justicia chilena queda al debe respecto de la incorporación de la normativa internacional y demuestra no estar a la altura de las urgencias de la sociedad actual. Vale la pena recordar que el tribunal está obligado a incorporar en estos procesos un enfoque de género y que el 2018, el Comité de la Convención para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) instó al Estado de Chile a garantizar el acceso efectivo de las mujeres a la justicia. También recomendó que se adopten medidas para alentarlas a denunciar la violencia de género, independiente si haya ocurrido dentro o fuera del entorno familiar.
La justicia modela enunciados con pretensión de verdad, cuyo efecto es el enjuiciamiento constante del relato de quienes han vivido y viven violencia de género, provocando una progresiva desconfianza en las instituciones. Pero como sociedad, todos y todas, también somos responsables de poner freno al cuestionamiento hacia las mujeres cada vez que escuchamos o tomamos noticia de relatos de violencia. Por ahora, la justicia chilena no está prestando las condiciones mínimas y necesarias para que las mujeres denuncien la violencia de género. Está reproduciendo un “bloque de ideas” asociadas a la violación. Es decir, imágenes, palabras e ideas patriarcales que erotiza la violencia en las relaciones sexuales, sin miramiento a comprender el consentimiento en su complejidad y sin considerar los efectos psíquicos y todas las dificultades de vivir una experiencia así y, con todo, decidir hacer su relato público mediante una denuncia.