Corte ordena a la Armada entregar hoja de vida del constituyente y ex edecán de Pinochet, Jorge Arancibia
Tras una solicitud de acceso a información, el Consejo para la Transparencia había establecido que los antecedentes del ex uniformado debían ser proporcionados, a lo que se había opuesto la institución castrense y el Consejo de Defensa del Estado.
Agencia Uno
La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la decisión del Consejo para la Transparencia (CPLT) que acogió un amparo por denegación de acceso a la información, ratificándose ahora la obligación de la Armada de entregar la hoja de vida del ex comandante en Jefe de la institución, ex edecán del dictador Augusto Pinochet y hoy convencional constituyente, Jorge Arancibia Reyes (Ind/UDI).
Con ello, se rechazó entonces un reclamo de ilegalidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en contra de la decisión del CPLT.
Este último organismo había ordenado a la Armada la entrega de dichos antecedentes, estableciendo que no se demostraron las causales de reserva aludidas por el CDE, entidad que había sostenido que aplicaba un supuesto resguardo de datos personales de contexto y sensibles.

Este litigio surgió luego de una solicitud de acceso a información a través de la Ley de Transparencia que realizó el académico de la Universidad de Chile, Francisco Bustos. En ella, el también abogado de Derechos Humanos requirió la entrega de una copia de la hoja de calificaciones y hoja de vida de la ex autoridad de la Armada, desde que ingresó a la institución hasta que se retiró el 18 de junio de 2001, cuando ocupaba el cargo de comandante en Jefe.
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En ese sentido, el Consejo para la Transparencia ha argumentado que se trata de información pública «acerca del desempeño funcionario, respecto de la cual no se acreditó que su divulgación afecte las funciones del órgano, la seguridad de la nación, el interés nacional, los derechos de las personas, la vida privada, ni el derecho a la honra de los funcionarios», como se consigna en la web de organismo.
Por otra parte, el CPLT informó que representó a la Armada «su falta de colaboración en la tramitación del amparo, al no remitir bajo reserva a este Consejo para su análisis la información reclamada».
Cabe mencionar que al ser un fallo de segunda instancia, la institución militar puede todavía recurrir a la Corte Suprema para revertirlo.


