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Comisión del Senado aprobó convertir indulto para presos del estallido en amnistía

Durante la discusión, el senador Pedro Araya fue enfático en señalar que la iniciativa no beneficiará a agentes del Estado.

Por 3 votos contra 2 fueron aprobadas en la comisión de Constitución del Senado las indicaciones sustitutivas al proyecto de ley de indulto general para los presos políticos de la revuelta presentadas por los senadores Francisco Huenchumilla (DC) y Pedro Araya (Ind), las que convierten a dicha iniciativa en una amnistía.

Cabe recordar que, a grandes rasgos, la diferencia entre ambas es que el indulto solo extingue la pena a la que es condenada una persona, mientras que la amnistía lo hace también respecto al delito que da origen a esa pena.

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La iniciativa contó con los votos a favor de Jorge Pizarro (DC, en reemplazo de Francisco Huenchumilla), Alfonso de Urresti (PS) y Pedro Araya (Ind), mientras que en contra estuvieron los senadores Rodrigo Galilea (RN) y Luz Ebensperger (UDI).

Foto: Agencia Uno

SOLO CIVILES

Durante la sesión se dio además una importante discusión en cuanto a si el proyecto de ley beneficiaría igualmente a agentes del Estado que hayan incurrido en delitos durante el período que este consigna, entre el 7 de octubre de 2019 y el 9 de diciembre de 2020.

Si bien Araya se mostró partidario de «buscar una solución al personal de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad que cumpliendo funciones propias del cargo hoy también se encuentran investigados», fue enfático en aclarar que «tanto la indicación del senador Huenchumilla como la mía, no incluyen a personal de Orden y Seguridad ni de Fuerzas Armadas; están excluidas de este proyecto, solamente abarca a civiles».

En ese sentido, Araya añadió que debido al «catálogo de delitos a amnistiar, es imposible que ellos (agentes del Estado) puedan ingresar por cualquier vía a este proyecto».

Finalmente, el senador Juan Ignacio Latorre -uno de los impulsores de la iniciativa- apuntó que el artículo octavo de la iniciativa original señala expresamente que «no quedarán comprendidos en el indulto quienes fueran miembros de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad, funcionarios de cualquiera de los organismos del Estado en la época de la comisión de los hechos».

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