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Pleno de la Convención aprueba artículo que consagra el financiamiento estatal para Bomberos

La norma que pasó al borrador de la nueva Constitución establece que la institución pertenecerá al sistema de protección civil del Estado.

Por 120 fotos a favor, 3 en contra y 23 abstenciones, este martes fue aprobado en el Pleno de la Convención Constitucional (CC) el artículo 56 que reconoce a Bomberos como una institución perteneciente al sistema de protección civil y establece su financiamiento a través de recursos del Estado.

Específicamente, lo que sostiene la norma que pasó al borrador de nueva Constitución es lo siguiente: «Los Cuerpos de Bomberos de Chile son una institución perteneciente al sistema de protección civil, cuyo objeto es atender las emergencias causadas por la naturaleza o el ser humano, sin perjuicio de la competencia específica que tengan otros organismos públicos y/o privados».

A ello se agrega que «será deber del Estado dar cobertura financiera para cubrir la totalidad de sus gastos operacionales, capacitación y equipos, como también otorgar cobertura médica a su personal por accidentes o enfermedades contraídas por actos de servicio».

Respecto de esto último se concluye en el artículo que será la ley la que regule «el régimen de financiamiento y prestaciones sociales en épocas de vejez e invalidez».

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