Histórico: Convención establece el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos
En un momento histórico, la convención aprobó por 106 votos a favor, 10 abstenciones y 37 en contra, el artículo 21 del informe de reemplazo de la Comisión de Derechos Fundamentales y que establece el derecho a las tierras, territorios y recursos.
En una semana intensa al interior del órgano debido a los 7 informes que serán deliberados en 6 plenarias, el pleno de la Convención Constitucional aprobó el artículo que señala que “el Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos”.
Así mismo, la propiedad de las tierras indígenas goza de especial protección y el Estado establecerá instrumentos jurídicos eficaces para su catastro, regularización, demarcación, titulación, reparación y restitución.
El artículo establece que “la restitución constituye un mecanismo preferente de reparación, de utilidad pública e interés general”.
En su inciso final el artículo establece que “conforme a la constitución y la ley, los pueblos y naciones indígenas tienen derecho a utilizar los recursos que tradicionalmente han usado u ocupado, que se encuentran en sus territorios y sean indispensables para su existencia colectiva”.
El artículo ya se encuentra en el borrador de nueva Constitución que la Convención le presentará al país el próximo 16 de mayo en Antofagasta.



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