Corte Interamericana de DDHH condenó a Chile por deuda histórica con los profesores
Agencia Uno
La entidad internacional ordenó al Estado pagar directamente a las víctimas las sumas adeudadas de la llamada deuda histórica.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos estableció este 21 de diciembre que el Estado chileno es responsable por no cumplir con la «debida diligencia» las sentencias que reconocían el pago de la llamada deuda histórica a favor de 846 docentes en nuestro país.
En la sentencia del caso Profesores de Chañaral y otras Municipalidades Vs. Chile, la entidad internacional declaró responsable al Estado de Chile por las violaciones a diversos derechos de docentes de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes.
Cabe recordar que este caso se origina en el contexto de la dictadura cívico-militar en Chile, cuando la administración de la educación pública fue traspasada desde el nivel central a las municipalidades del país. A contar del 1 de enero de 1981, a través del Decreto Ley 3.551 se creó una asignación especial para el personal docente dependiente del Ministerio de Educación, sin embargo, los profesores que fueron transferidos del Estado a los municipios no recibieron dicha asignación, dando así origen a la denominada deuda histórica del magisterio.
En ese sentido, se menciona que los profesores han sido vulnerados en garantías judiciales, protección judicial y derecho a la propiedad, así como en la debida diligencia en el acceso a la justicia de las personas mayores.

La Corte consideró que los procesos de ejecución de las sentencias dictadas en favor de los 846 profesores y profesoras que condenaban a las municipalidades al pago de una asignación especial, resultaron irregulares e ineficaces. Asimismo, tomando en cuenta que las víctimas son todas personas mayores de 60 años y que un quinto de ellas falleció esperando por más de 25 años la ejecución de estos fallos, el tribunal estableció que el Estado desconoció su deber de garantizar la «debida diligencia» en el acceso a la justicia de las personas mayores y la celeridad en los procesos en los que participa esta población en situación de vulnerabilidad.
En razón de lo anterior es que la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado de Chile, entre ellas que «deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus derechohabientes, las sumas todavía debidas en tres tractos anuales, empezando a contar el primer tracto en el plazo de un año de notificada la sentencia».
«Estas profesoras y profesores tuvieron que salir de las fronteras de nuestro país para exigir justicia, y como Magisterio exigimos el pago de esta deuda para todos los docentes afectados», declaró al respecto Carlos Díaz Marchant, presidente del Colegio de Profesores.



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