Convención aprueba una serie de normas para erradicar la corrupción en la administración del Estado
Durante la jornada de este viernes, en la cual la Convención Constitucional (CC) se encuentra deliberando el segundo informe de la Comisión de Sistema Político, fueron aprobados los principios de probidad y el Consejo de Transparencia.
18 de Febrero 2022/ SANTIAGO. Pleno de la Convención Constitucional Sesión N°58, Votacion Particular primeros informes de la comisión Forma de Estado. Foto:JUAN FARIAS / AGENCIAUNO
En una semana marcada por el trabajo deliberativo de pleno al interior del órgano constituyente, la Convención aprobó durante esta jornada varios artículos para erradicar la corrupción de la administración del Estado. Estas normas alcanzaron como mínimo 103 votos, es decir dos tercios del quórum, y pasaron al borrador de nueva Constitución.
Dentro de los normas aprobadas se encuentra el artículo 7 y que señala que “la corrupción es contraria al bien común y atenta contra el sistema democrático. El Estado tomará las medidas necesarias para su estudio, prevención, investigación, persecución y sanción”.
Así mismo, se le otorgaron las atribuciones al Consejo para la Transparencia, el cual será un “órgano autónomo, especializado e imparcial con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por función promover la transparencia de la función pública, fiscalizar el cumplimiento de las normas sobre transparencia y publicidad de la información de los órganos del Estado y garantizar el derecho de acceso a la información pública”.
Otro artículo importante del informe de la Comisión de Sistema Político es el principio de probidad y que fue aprobado con 122 votos a favor, 21 abstenciones y en contra. La norma señala que “el principio de probidad consiste en observar una conducta intachable y un desempeño honesto y leal de la función o cargo, con preeminencia del interés general sobre el particular”.
El artículo 13 del informe, y que señala que “no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por fraude al fisco, lavado de activos, corrupción, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos, delitos sexuales y violencia intrafamiliar en sede penal, en los términos y por el plazo que establezca la ley”, fue rechazado por el pleno del órgano por tan solo un voto. La normativa obtuvo 102 votos a favor, 2 en contra y 43 abstenciones.
Sin embargo, el artículo 13, así como todas las normas que no alcancen los dos tercios del quórum, pero sí más de 38 votos, volverán a la comisión para que esta realice una segunda propuesta al pleno.
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