sábado, septiembre 14, 2024

Convención aprobó artículo que prohíbe optar a cargos públicos a condenados por delitos de corrupción, sexuales y violencia intrafamiliar

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El pleno del órgano constituyente aprobó por 122 votos a favor, 1 en contra y 27 abstenciones, el artículo 13 del informe de reemplazo de la Comisión de Sistema Político, que prohíbe optar a cargos públicos a condenados por delitos de corrupción, sexuales y violencia intrafamiliar.

La norma señala que “no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a corrupción como fraude al fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos y los demás que así establezca la ley. Los términos y plazos de estas inhabilidades se determinarán”.

Votación artículo 13

Dentro de quienes se abstuvieron en la votación destaca casi la totalidad de la derecha, mientras que el único voto en contra fue de Agustín Squella y quien se presentó a la Convención como independiente dentro de la Lista del Apruebo, que agrupaba a la ex Concertación.

El artículo, al tener más de los dos tercios del quórum, pasó al borrador de nueva Constitución que la Convención presentará al país el próximo 16 de mayo en Antofagasta.

Alexis Polo
Alexis Polo
Periodista especializado en derechos humanos y memoria.

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