Artículo sobre vivienda digna pasó completo al borrador de nueva Constitución
Durante el pleno desarrollado el pasado 19 de abril, solo aprobaron dos incisos del artículo 4 y el resto fue devuelto a la Comisión de Derechos Fundamentales para que esta hiciera una segunda propuesta al pleno.
Agencia Uno
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Durante la sesión plenaria n°100, el pleno del órgano constituyente deliberó el informe de segunda propuesta de la Comisión de Derechos Fundamentales y que contenía las normas rechazadas el pasado 19 de abril. Dentro del documento, se encontraban los incisos del artículo 4 que habían sido rechazados y que eran parte de la norma sobre la vivienda digna.
El primer inciso aprobado del artículo 4, por 104 a favor, 30 abstenciones y 17 en contra, señala que “el Estado considerará particularmente en el diseño de las políticas de vivienda a personas con bajos ingresos económicos o pertenecientes a grupos especialmente vulnerados en sus derechos”.
Así mismo, fue aprobado el inciso segundo y que establece el Estado garantizará la creación de viviendas de acogida en casos de violencia de género y otras formas de vulneración de derechos, según determine la ley. Este apartado contó con 122 votos a favor, 21 abstenciones y 8 en contra.
El pleno del órgano también aprobó el inciso tercero y que señala que Votación el Estado administrará un Sistema Integrado de Suelos Públicos. “Este tendrá las facultades de dar prioridad de uso, gestión y disposición de terrenos fiscales para fines de interés social, así como adquirir terrenos privados, conforme a la ley”.
El último artículo aprobado sobre el derecho a la vivienda digna establece Votación que el Estado garantizará la disponibilidad del suelo necesario para la provisión de vivienda digna y adecuada. Además, deberá establecer mecanismos para impedir la especulación en materia de suelo y vivienda que vaya en desmedro del interés público, de conformidad a la ley.
Estos incisos se suman a los ya aprobados el pasado 19 de abril y que consagran, respectivamente, que “toda persona tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”.
Al mismo tiempo, se establece que “El Estado deberá tomar todas las medidas necesarias para asegurar el goce universal y oportuno de este derecho, contemplando, a lo menos la habitabilidad, el espacio y equipamiento suficiente, doméstico y comunitario, para la producción y reproducción de la vida, la disponibilidad de servicios, la asequibilidad, la accesibilidad, la ubicación apropiada, la seguridad de la tenencia y la pertinencia cultural de las viviendas, de conformidad a la ley”.
Este artículo pasó completo al borrador de nueva Constitución que el órgano constituyente presentará el próximo 16 de mayo en Antofagasta.


