Populismo jurídico
Noticieros, matinales, prensa digital, redes sociales son los medios encargados de construir un “en común” fluctuante, caprichoso, deseante, pero por sobre todo inquisidor
Foto: Agencia Uno
La democracia en Chile es elitista. Esta definición hace que la democracia otorgue mayor visibilidad a quienes pertenecen a la clase que concentra recursos, bienes y prestigio a la vez que les reconoce y garantiza más y mejor sus derechos. Esta definición de democracia reproduce un orden injusto y desigual.
La democracia elitista traza un diagrama libidinal de líneas ascendentes, cuyo punto máximo de desarrollo calza con el estilo de vida de la clase privilegiada que funciona como espejo en el que buscan reflejarse el resto de las clases sociales. Es por esta verticalidad que la democracia elitista no favorece la formación de solidaridades y responsabilidades colectivas. A pesar del fuerte signo individualista de la sociedad chilena, ésta logra interacción y cohesión por la mediación de las imágenes pantalla.
Es en ese no-lugar donde la democracia elitista como forma política se anuncia y despliega buscando captar audiencias que viralicen su mensaje. No cabría llamar a esta escena “lucha por la hegemonía”, hace un tiempo que la democracia elitista y escópica no se define en ese conato, ni en ese concepto. Altos y pequeños funcionarios de la política dedican buena parte de su agenda al diseño y exposición de su imagen en redes sociales.
El encuentro entre la agenda política viral y la mirada de la ciudadanía digital ocurre por la magia algorítmica accionada por bots, ya sean programas de reiteración automatizada, ya sean empleados de Call Center. Robots y humanos hacen de las redes sociales un mar agitado haciendo subir y bajar tendencias y las pasiones de los navegantes virtuales en las turbulentas aguas de internet.
Noticieros, matinales, prensa digital, redes sociales son los medios encargados de construir un “en común” fluctuante, caprichoso, deseante, pero por sobre todo inquisidor. La democracia elitista en la época de las imágenes-pantalla vuelve a cada uno de los individuos aislados -aunque enlazados de manera virtual- en jueces de un tribunal mediático en el que delito, acusación, proceso, pruebas, testigos y veredicto son solo imágenes que pasan raudas por las pantallas de los dispositivos móviles, el ojo inquisidor del navegante virtual, transformado ahora en juez o jueza, ya ha condenado, espera un castigo ejemplar y busca que el sistema judicial se ajuste a su veredicto de culpabilidad y en conformidad a él exige penas duras, altas, sin garantías de ningún tipo, es decir, justicia (justiciera) sin derechos. El nombre de esta escena es la de populismo jurídico.
En un bucle en el que no se sabe bien donde está el inicio o el término, el deseo de la ciudadanía es el deseo de los bots, la viralización de esos deseos/contenidos depende del dinero destinado para la intervención en noticieros, matinales, prensa digital y redes sociales. Si la democracia es elitista, esos deseos no serán otros que los intereses de la clase que acapara recursos, bienes y prestigio y, nuevamente, como en un bucle, serán reproducidos como propios por la ciudadanía digital. A la democracia elitista y escópica le es consustancial un populismo jurídico.
Habría que agregar que el populismo jurídico no solo se manifiesta del modo recién expuesto. También es signo de esta forma del populismo, los intentos de influir vía intervenciones mediáticas en los veredictos del sistema judicial; intentos que la clase política o el gobierno enmascaran en llamados a que se juzgue en conformidad a la ley, advirtiendo con estridencia que no hay privilegios en la administración de la justicia (desconociendo la democracia elitista) y, en consecuencia, exigiendo, nuevamente en un bucle, la aplicación de todo el peso de la ley (esto es, penas duras, altas, sin garantías)
En este sentido, habría que indicar que este carácter elitista de la democracia se plasma en cada una de las instituciones que la conforman. Tomemos una escena del bucle mediático de los casos Jadue, Barriga, Valdivia y Monsalve en lo relativo a la medida cautelar de la “prisión preventiva”.
La transformación del sistema procesal penal buscaba remediar la amplitud y laxitud con la que se utilizaba la prisión preventiva que no solo hacía subir, de modo desmedido, la población penal sin procesos ni condenas, sino que también adolecía del resguardo de los derechos de reclusas y reclusos.
Si hiciéramos un símil con el cuento distópico de Philip K. Dick The Minority Report (1956), la medida cautelar de la prisión preventiva no iría en la dirección de evitar que ocurra un delito o un crimen, sino que debido a la posible injerencia del imputado/a en el proceso judicial que pudiera ser de beneficio propio, se solicita que sea encarcelado/a por un tiempo definido evitando, así, futuros delitos o crímenes.
La prisión preventiva es una escena del informe de minoría. Desde la perspectiva del nuevo sistema procesal penal, la prisión preventiva se plantea como una medida a la que se debiese recurrir de modo excepcional y su marco es garantista.
Lo cierto es que con el paso del tiempo esta medida cautelar de índole excepcional -que se pretendía respetuosa de los derechos individuales y de la presunción de inocencia- se ha convertido en una forma de castigo anticipado.
En el año 2010, mueren 81 reos debido a un incendio en la cárcel de San Miguel, algunos de ellos no tenían condena, estaban recluidos debido a la medida cautelar de prisión preventiva. En Chile hoy, la población penal es de aproximadamente 55 mil personas, 20 mil de ellas están imputadas y en prisión preventiva. En los últimos años la población penal (condenados/as) no ha aumentado significativamente su número, a diferencia del notorio aumento de presos/as debido a la prisión preventiva. De las 4.464 mujeres privadas de libertad, un 47, 2% se encuentra sin condena, en prisión preventiva.
En el contexto de una democracia elitista-escópica que promueve un populismo jurídico, habría que concentrar esfuerzos en hacer del sistema procesal penal un sistema garantista de los derechos individuales y revisar el uso populista de la prisión preventiva como calmante de las pasiones de la ciudadanía digital, de los bots (robot y humanos) y del afán justiciero del sentido común descrito en la frase “la ley pareja no es dura”.
Alterar el signo de la democracia elitista en lo jurídico, requiere terminar con la extensión anómala y desregulada de la prisión preventiva.
Las opiniones vertidas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la visión de LVQS.



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