VIDEO | Stingo releva importancia de negociación ramal consagrada en nueva Constitución
«Todos los trabajadores de un sector productivo pueden negociar juntos con las empresas que están en ese mismo sector. Por ejemplo, los trabajadores de Falabella, de Ripley, de Paris, de Hites, de Tricot, de La Polar, de Corona, pueden negociar juntos los sueldos, las condiciones laborales», enfatizó el ex convencional respecto a este derecho establecido en el artículo 47.
Imagen referencial / Agencia Uno
A través de un breve video, el abogado y ex convencional, Daniel Stingo, destacó la importancia para los derechos de los trabajadores, de lo consagrado en el artículo 47 de la propuesta de nueva Constitución.
En ese sentido, junto con relevar que queda establecido en la norma «el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga», Stingo enfatizó en que ahora los trabajadores podrán «elegir el nivel en que se desarrollará dicha negociación, incluyendo la negociación ramal, sectorial y territorial», como se lee en el inciso 5 del citado artículo 47.
¿Qué significa esto?: «Que todos los (trabajadores) de un sector productivo pueden negociar juntos con las empresas que están en el mismo sector productivo. Por ejemplo, los trabajadores de Falabella, de Ripley, de Paris, de Hites, de Tricot, de La Polar, de Corona, pueden negociar juntos los sueldos, las condiciones (laborales), etcétera», explicó el ex convencional.
Junto con ello, Daniel Stingo enfatizó en que este es un derecho que ya está consagrado en países como Uruguay, Argentina, Brasil, Alemania, Bélgica, Francia y Dinamarca, entre otros.
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