Caso Huracán: Juzgado de Temuco se declara incompetente y causa se traslada a Santiago
Temuco, 04 de junio de 2018. En el Juzgado de Garantia de Temuco, se revisa el sobreseimiento del Fiscal Luis Arroyo, la abogada Monica Palma y el vocero de la CAM, Hector Llaitul, en la arista del Caso Huracan. Belen Saldias/Aton Chile
La decisión consideró que la presunta asociación ilícita de la Dirección de Inteligencia de Carabineros, en el denominado Caso Huracán, comenzó a gestarse en Santiago, solicitud planteada por la defensa de los imputados Gonzalo Blu, Manuel Riquelme, Manuel Cavieres y Álex Smith.
En el marco del conocido Caso Huracán, el Juzgado de Garantía de Temuco se declaró incompetente para continuar tramitando la causa seguida en contra de 10 oficiales y suboficiales de Carabineros y de un civil, por lo que los antecedentes fueron remitidos al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
Esto, a raíz de una solicitud de incompetencia relativa acogida este martes por el tribunal, planteada por la defensa de los imputados Gonzalo Blu, Manuel Riquelme, Manuel Cavieres y Álex Smith.
El Ministerio Público les imputa como autores los delitos consumados de asociación ilícita, obstrucción a la investigación, falsificación de instrumento público, infidelidad en la custodia de documentos, violación de secretos, sabotaje informático y denuncia calumniosa, entre otros.
«En el primer delito, la cronología lo sitúa desde enero del año 2017, y que en definitiva los hechos objetivos de esta asociación estaría dirigida por don Gonzalo Blu y que es una organización jerárquica dirigida específicamente desde la ciudad de Santiago, y que esto se repetiría en otros párrafos y después habían otros hechos concretos que se realizarían en Temuco, pero lo importante aquí es la jerarquía y el desdoblamiento que se produce de la función institucional, y esto siempre tiene su origen en Santiago».
Resolución tribunal de Temuco
En la audiencia, el tribunal no se pronunció respecto de la exclusión de los querellantes Ministerio del Interior y Consejo de Defensa del Estado, solicitada por las defensas.
«Entendiendo que hay una comunicación, hay instrumento y distribución de tareas establecidas, y que el ejercicio del mando se produjo por el señor Blu desde Santiago, que la liberación de documentos se produce desde Santiago y que son utilizados en la ciudad de Temuco, para poder ver y analizar la asociación ilícita considera que los hechos que dan lugar al principio de ejecución son ocurridos en la ciudad de Santiago, ya sea por la jerarquía o por los primeros actos».


