Convención definió atribuciones de la Cámara de las Regiones que reemplazará al Senado
Durante la jornada definitoria del sistema político para la nueva Constitución, se zanjaron facultades para ejercer como jurado en las acusaciones constitucionales y se establecieron las leyes de acuerdo regional.
Foto: Sebastián Beltrán Gaete / Agencia UNO
Este viernes el Pleno de la Convención Constitucional visó una serie de atribuciones para la Cámara de las Regiones, órgano que sustituirá al Senado de la República si el texto constitucional es aprobado en el plebiscito de salida.
De los 31 artículos incluidos en el documento, el órgano constituyente aprobó por más de dos tercios 28, logrando zanjar uno de los principales temas en que no se había logrado acuerdos: las atribuciones de la Cámara de las Regiones.
Primeramente, fue enviado al borrador constitucional el que la Cámara de las Regiones tenga la facultad de resolver como jurado en las acusaciones constitucionales, así como nuevas sanciones a quienes eventualmente sean declarados culpables en estos casos.
También se cuentan normas que regulen la organización, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas de Justicia, del Poder Legislativo y de los Órganos Autónomos Constitucionales, y las que implementen el derecho a la vivienda, a la educación y a la salud.
Por otro lado, dentro de las facultades también destaca la autorización a entidades territoriales para la creación de empresas públicas. Cabe recordar que hace una semana la Convención también aprobó un artículo que autoriza la creación de empresas municipales.
En tanto, a falta de dos votos, se cayó el inciso que tenía la opción de que el Congreso de diputadas y diputados pudiera insistir en caso de que la Cámara de las Regiones no dé el visto bueno al contenido de una comisión mixta.


