El abogado Fernando Leal presentó en el Juzgado de Letras de Santiago y en representación del psicólogo Harún Oda Gallegos, una demanda por vulneración de derechos fundamentales en contra del director del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), Sergio Micco.
El demandante exige que a Micco se le condene al pago de una indemnización por “daño moral” y prestaciones legales en favor de Oda por un total de $80.000.000, así como también se pide el “cese de actos discriminatorios, arbitrarios y vulneratorios de derechos fundamentales” que lo habrían afectado.
Cabe mencionar que Harún Oda -quien lleva 6 años en el INDH- cumple funciones de analista especializado, encargado regional de educación, promoción y estudios en la sede Biobío del Instituto, asumiendo intermitentemente desde febrero de 2016 como director regional subrogante del organismo en Concepción. Un cargo que ocupó de forma continua entre noviembre de 2017 y agosto de 2018 debido al pre y posnatal de la jefa titular, Carolina Chang.
AMENAZAS, IMPUNIDAD, DESPROTECCIÓN Y HORAS EXTRAS
La acción legal apunta a una serie de hechos ocurridos antes y durante el llamado estallido social, en los que el funcionario del organismo de Derechos Humanos habría sido objeto de vulneraciones a sus derechos fundamentales. Uno de ellos tiene que ver con lo ocurrido el 23 de junio de 2016, cuando Oda fue víctima de un ataque armado en Concepción por parte de desconocidos que se movilizaban en un vehículo particular, quienes le dispararon en al menos cinco ocasiones balines de acero sin lograr impactarlo, a raíz de lo cual el Instituto presentó una querella criminal contra quienes resultaran responsables.
Sin embargo, según se lee en la denuncia contra Micco, “pese a que la investigación permitió identificar al menos a dos de los hechores materiales, uno de los cuales incluso fue consignado por mi mandante en rueda de reconocimiento fotográfico”, el fiscal a cargo de la investigación decidió el 25 de octubre de 2019 no perseverar, “sin que el INDH se opusiera a dicha medida, quedando el hecho en la más completa impunidad”.
“Ninguna autoridad del INDH se comunicó con mi representado para preguntarle por su estado emocional, ni fue derivado a atención especializada de reparación tras un incidente que califica absolutamente como accidente laboral o enfermedad profesional (…) Al contrario, el señor Oda debió seguir efectuando las mismas funciones sin mediar intervención especializada alguna, dando cuenta de una política institucional de indolencia y descuido a la salud y el bienestar de sus trabajadores, quienes permanentemente son convocados al heroísmo en los discursos institucionales y donde cualquier reclamo en dirección a mejorar las condiciones de seguridad de su trabajo es comprendido como falta de compromiso con la misión institucional”, advierte el abogado Fernando Leal en el escrito.
Un segundo caso ocurrió ya teniendo lugar el estallido social, el 11 de noviembre de 2019, cuando -según se detalla en la acción legal- tras realizar una visita de detenidos en la 1ª Comisaría de Carabineros de Concepción, a Oda le fue dejado en el parabrisas de su vehículo -el que se encontraba a dos cuadras del recinto policial- una amenaza de muerte escrita a mano en la que se leía: Vas a morir sapo del INDDHH (sic).
¿Qué ocurrió esta vez?: Oda pidió hablar con su jefatura directa para informarle de la agresión recibida, quien a su vez lo comunicó al nivel central. Sin embargo, de acuerdo a lo que apunta el abogado Leal, “el tema quedó en nada, dada la escasa posibilidad de que una denuncia de ese tipo llegara a puerto”.
“Pese a la gravedad del hecho, el INDH no tomó ninguna medida reparatoria o de monitoreo de la salud mental de aquellos observadores que en dicha labor fueron víctimas de amenazas, insultos o amedrentamientos. Durante esos meses no fueron pocas las veces en que se vieron expuestos a que personas los agredieran verbalmente y los insultaran, sindicándolos como responsables de los desmanes. En otras oportunidades, se les acercaban de manera amenazante a grabarlos con teléfonos en la mano e interpelarlos por su labor en forma muy agresiva”, añade sobre lo anterior el jurista.
Un tercer hecho denunciado por el miembro del INDH es que, con motivo de los numerosos traumatismos oculares generados por la acción de Carabineros, funcionarios del organismo solicitaron que se les proveyera de antiparras para prevenir lesiones en los ojos entre quienes hacían observación de manifestaciones. “Tras semanas de espera les enviaron unas antiparras plásticas que en su envoltorio decían: ‘NO APTAS PARA FINES BALISTICOS’”, se advierte en la demanda contra Micco.
Dicho lo anterior, se alerta sobre lo siguiente: “El equipamiento de seguridad del personal del INDH (…) consistía, básicamente, de una chaqueta de plástico amarilla, una máscara con filtros de aire y un casco de bicicleta. No contaban con botiquín, ni con medios de comunicación entre observadores, debiendo utilizar sus teléfonos celulares personales para comunicarse durante las manifestaciones y para registrar fotográficamente o en video algún incidente (…) Tiempo atrás les habían enviado unos zapatos de seguridad cuyas tallas no correspondían a lo requerido y no contaban tampoco con vestimenta adecuada a las estaciones del año o diversidad climática del país. Los funcionarios de Arica reciben el mismo equipamiento y vestimenta institucional que los de Magallanes”.
Respecto de la situación puntual del funcionario Harún Oda, se detalla en la demanda que, por ejemplo, debió asistir a una persona en el suelo baleada por militares; ser el primero en hablar con la familia de Manuel Rebolledo, asesinado al ser atropellado por un camión de la Armada en Talcahuano; acompañar a víctimas de torturas de connotación sexual al Servicio Médico Legal, y registrar fichas médicas, capturando imágenes fotográficas de graves lesiones físicas producto del actuar policial y militar.
A raíz de todo aquello es que Oda “comenzó a tener frecuentes pesadillas, que hasta hoy le hacen despertar en medio de la noche sobresaltado, así como recuerdos intrusivos que le generan angustia y malestar psicológico significativo, ansiedad y temor (…) En momentos más intensos estos niveles de ansiedad le han llevado a experimentar crisis de pánico”, se lee en el documento. Tras ello, se acusa que “a la fecha el INDH no ha implementado ninguna política efectiva y específica para brindar acompañamiento, diagnóstico o monitoreo del daño psicosocial producido por haberlos expuesto a situaciones de violencia extrema”.
Junto con todo lo anterior, se consigna en la demanda contra el INDH que desde la dirección del organismo había un “enorme descontento hacia los funcionarios por haber solicitado el pago de horas extras (…), señalándoles que preferentemente optaran por el reintegro de horas tomándose días libres cuando la crisis terminara”. De hecho, según se agrega, “la jefa regional les señaló que el director había señalado textualmente que ‘cobrar horas extraordinarias le parecía una vergüenza’, y que según su opinión ‘los trabajadores del instituto ganan demasiado’”.
LA “INACCIÓN” DE MICCO ANTE QUEMADOS Y “DETENIDO DESAPARECIDO”
Una suerte de segunda arista de la demanda en contra del director del INDH, Sergio Micco, tiene que ver con hechos en los cuales -según se lee en el documento- “este instruyó inacción de la sede regional sobre materias propias de su mandato”, en casos de personas con quemaduras producto de agentes químicos empleados por Carabineros y de la desaparición hasta el día de hoy en la comuna de Hualpén del ciudadano Geraldo Monares.
Lo primero está relacionado con la presentación de un recurso de protección el día 28 de noviembre de 2019 por parte del Instituto Nacional de Derechos Humanos del Biobío, en favor de dos personas que habían sido quemadas por el agua del carro lanza aguas de Carabineros. El recurso fue fallado favorablemente el 12 de diciembre de 2019, resolución que fue ratificada por la Corte Suprema el día 24 del mismo mes.
Entre otras cosas, el fallo judicial expone que “se ignora si existió un estudio científico previo para determinar cuál es la dosificación de la sustancia química que se debe agregar al agua, para que no provoque efectos que atenten contra la salud de las personas, sean estas jóvenes, niños, ancianos o mujeres embarazadas, así como tampoco se sabe quién controla que efectivamente la mezcla se ejecute responsablemente en la dosificación adecuada”. En consideración de lo anterior es que los tribunales ordenaron entonces a Carabineros de la Región del Biobío “abstenerse de emplear sustancias químicas para restablecer el orden público, mientras no cuente con un procedimiento predeterminado y aprobado por la autoridad de salud pública competente, que garantice la vida y la salud de las personas”.
Sin embargo, días después, el 31 de diciembre de 2019, la Seremi de Salud del Biobío emitió una Resolución Exenta (N°6023) autorizando nuevamente a Carabineros a usar los cuestionados químicos.
Fue ante esta última resolución de la autoridad sanitaria regional que el 8 de enero de 2020 el doctor Aníbal Vivaceta de la Fuente -médico salubrista, docente del Departamento de Salud Pública de Medicina de la Universidad de Valparaíso y ex seremi de Salud de Valparaíso- decide enviarle a Oda un informe firmado por él y los también médicos Esteban Berríos y Yuri Carvajal Bañados. En el documento se advierte que se habían encontrando graves errores en el mencionado análisis de la Seremi de Salud del Biobío respecto de las concentraciones del líquido CS.
“La resolución constituye un documento muy precario en lo técnico, con errores conceptuales relevantes, tanto en los aspectos de dosis, efectos a la salud y mecanismos de verificación y monitoreo. Carece de la mínima rigurosidad en la revisión de fuentes, limitándose a copiar/pegar datos sueltos. Constituye un intento abusivo, irregular e irresponsable de dar un manto de legalidad a un tema donde existe abundante evidencia, de fácil acceso, que desmiente lo afirmado por la Resolución”, apuntaron los doctores en el informe remitido al funcionario del INDH, Harún Oda.
¿Qué hizo entonces Oda?: En el contexto de una visita de Sergio Micco el 10 de enero de 2020 a Concepción, junto a la jefa regional del INDH Biobío le expusieron al director del organismo los antecedentes que tenían respecto a los graves errores técnicos en la resolución sanitaria que autorizaba el uso de los químicos de Carabineros. “El director del INDH los miró indignado, gritándoles que les prohibía expresamente presentar ese peritaje, señalándoles que querían ‘desarmar a Carabineros, impidiendo que realizaran su trabajo’”, consigna la demanda patrocinada por el abogado Fernando Leal.
El escrito añade que “al menor intento por rebatir su posición e intentando señalarle el riesgo que ello implicaba para la salud de la ciudadanía, les gritó furioso que el tema se acababa ahí, que el director era él y que no le volvieran a hablar del asunto”.
El segundo caso se remonta a lo que ha sido denunciado como el primer “detenido desaparecido” del estallido social. Se trata de una persona en situación de discapacidad psíquica identificada como Geraldo Monares Peña, de 55 años, quien de acuerdo al relato de la esposa de un sobrino de la víctima, fue detenido y subido esposado a un vehículo policial por parte de funcionarios de Carabineros el 18 de octubre de 2019. En ese sentido, se agrega en la acción legal que los familiares de Geraldo fueron hasta la 4ª Comisaría de Hualpén a preguntar por él, informándoles en el lugar que no se encontraba allí.
Tras recibir la denuncia en el INDH del Biobío, Harún Oda recogió el relato de Raquel del Carmen Peña, la madre del adulto desaparecido, quien “entre lágrimas suplicó que hicieran algo para poder hallar a su hijo”. Junto con ello entrevistó de manera telefónica a la mencionada familiar que había sido testigo de la detención.
Considerando que estaban frente a un eventual caso de desaparición forzada, la jefatura del INDH en el Biobío interpuso un recurso de amparo en favor de Monares Peña, a raíz de lo cual la Corte de Apelaciones de Concepción pidió un informe a la Policía de Investigaciones (PDI), y el Ministerio Público inició una investigación que a la fecha no ha tenido resultados, desconociéndose aún su paradero.
Tras ello, el 22 de enero de 2020, en su calidad de jefe regional (S) del INDH en la Región del Biobío, Oda informó por correo electrónico al entonces Jefe de Gabinete de Sergio Micco, el abogado Carlos Bellei, del informe de la PDI que indicaba gestiones investigativas y el desconocimiento del destino de Geraldo Monares, señalándole la opción de interponer una querella por desaparición forzada, “grave crimen de lesa humanidad sobre el cual el INDH tiene legitimación activa”, se apunta en la demanda contra el director del organismo. Junto con esto le sugirió una estrategia comunicacional del INDH en pos de difundir su fotografía y solicitar antecedentes a la ciudadanía respecto de su paradero. “A la fecha no hay respuesta por parte de dirección del INDH proponiendo acciones concretas respecto del caso. De igual forma el INDH, a expresa instrucción de su director, nunca dio publicidad al caso”, se advierte en la acción legal.
Pero no solo eso. El abogado Fernando Leal detalla en el escrito que, además, una vez que la jefa regional titular, Carolina Chang, volvió a funciones, esta les comunicó que “tras hablar con Sergio Micco sobre el caso, le había sido informado que el INDH no iba a presentar ninguna acción judicial sobre don Geraldo Monares, dados los efectos comunicacionales de comenzar a hablar de detenidos desaparecidos en medio de la crisis social, por cuanto además les prohibió tajantemente hablar del caso ante los medios de comunicación”.
Finalmente, la madre del desaparecido, Raquel del Carmen Peña, quien había denunciado y rogado a través de TVN poder encontrar a Geraldo, falleció el 30 de agosto de 2020 a los 86 años sin saber el paradero de su hijo. “Este hecho, para una persona como mi representado (…) fue verdaderamente devastadora. Estuvo muchos días muy afectado por la noticia, sin poder encontrar consuelo, ya que se había comprometido con esa madre a hacer todo lo que estuviera a su alcance por encontrar a su hijo, sintiéndose hasta ahora cómplice de la indolencia estatal frente a la desaparición de un hombre discapacitado que vivía en situación de pobreza material y vulnerabilidad”, apunta Leal al respecto.
DISCULPAS PÚBLICAS
A estos hechos se suman otras acusaciones en contra de Sergio Micco que tienen que ver con complejas situaciones internas en contexto de pandemia, con supuestas filtraciones de conversaciones privadas a través de un chofer del director del INDH en Concepción, presiones para que Harún Oda fuera desvinculado de su cargo y la decisión de Micco de cambiar el orden de subrogancia de la sede regional, dejando a Oda en segundo lugar, esto tras la finalización del paro llevado a cabo por los funcionarios del Instituto en agosto de 2021, en el que el psicólogo participó.
“Toda esta sucesión de hechos, ha provocado que el trabajo en el INDH para mi mandante comenzara a volverse insufrible, toda vez que siente que está siendo víctima de una persecución laboral incomprensible, fuera de todo marco ético que debiese guiar el quehacer de una institución nacional de derechos humanos (…) Su salud física y mental se han ido deteriorando progresivamente (…), su estado emocional ha sido profundamente interferido por toda esta secuencia de eventos que he relatado”, apunta al respecto el abogado Fernando Leal.
En ese sentido, el jurista destaca que “el actuar abusivo del empleador, con métodos de dudosa ética y legalidad, ha desencadenado una enfermedad mental en mi mandante (…), como lo señala por lo demás el Informe Médico del Dr. Nelson Pérez Terán, médico psiquiatra, quien ha diagnosticado a mi representado ‘Estrés postraumático con evolución de T. Adaptativo’ ‘Víctima de Acoso laboral’”.
A raíz de todo esto es que, junto con exigir una indemnización y el cese de los actos calificados como “maltrato laboral”, en la acción legal Harún Oda solicita que el INDH capacite a todas las jefaturas y autoridades en derecho laboral y derechos fundamentales en el trabajo, y que el director Sergio Micco pida disculpas públicas al denunciante, las que deberán ser difundidas a través de un inserto en El Mercurio y La Tercera, así como también en un diario de circulación regional y el recinto en donde cumple sus funciones Oda.
LA RESPUESTA DEL INDH
Tras difundirse la demanda de Harún Oda en contra del director del INDH, el organismo de Derechos Humanos emitió este domingo una declaración en donde se sostiene que no han sido notificados de ninguna demanda laboral, por lo que -aseguran- “desconocemos los antecedentes en los cuales supuestamente se fundamenta”.
Sobre los dos casos respecto a los que se acusa una “inacción” de parte de Sergio Micco -el de las personas quemadas por funcionarios de Carabineros y la eventual desaparición forzada durante el estallido social- el organismo señala que “en ambas situaciones el INDH presentó oportunamente los respectivos recursos de amparo ante los tribunales de justicia”.
En ese sentido, el Instituto añade que “a nivel nacional se interpusieron más de 3 mil querellas criminales por violaciones a los Derechos Humanos en el contexto de la crisis social”. Además, se agrega que “todos los equipos a nivel nacional fueron reforzados para atender las demandas de las víctimas”.
Por último, el INDH sostiene que “no se recibió por parte de la respectiva sede regional propuesta de querella criminal para abordar el caso del señor (Geraldo) Monares, por no existir antecedentes suficientes que así lo justificaren”, puntualizando que “se accionó por la vía del recurso de amparo”.
Puedes leer la demanda íntegra de Harún Oda contra el INDH a continuación.
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