sábado, octubre 12, 2024

Condenan a 10 miembros (r) del Ejército por asesinato de Rodrigo Rojas y homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana

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Este lunes la Corte de Apelaciones de Santiago emitió la sentencia de segunda instancia en el llamado caso “Quemados” en contra de 10 militares en retiro del Ejército por el homicidio calificado de Rodrigo Rojas de Negri y el homicidio frustrado de Carmen Gloria Quintana.

La Cuarta Sala de tribunal de alzada modificó entonces la sentencia previa del ministro en visita Mario Carroza, elevando las penas que deberán cumplir los condenados, a la vez que se rechazó la excepción de cosa juzgada respecto de uno de los condenados.

Cabe recordar que el brutal ataque contra ambos jóvenes tuvo lugar el 2 de julio de 1986 en la comuna de Estación Central, donde los entonces funcionarios del Ejército mojaron con bencina el cuerpo de Rojas y Quintana, para luego prenderles fuego estando vivos. Solo Carmen Gloria sobrevivió.

A raíz de este crimen entonces es que Julio Castañer González, Iván Figueroa Canobra, Nelson Medina Gálvez y Pedro Fernández Dittus, fueron condenados este lunes a 20 años de presidio como autores del delito.

Julio Castañer
Julio Castañer / Foto: La Prensa Austral

Cabe recordar que el ex conscripto Fernando Guzmán Espíndola, quien participó del operativo, ha declarado que Julio Castañer fue la persona que prendió fuego a Quintana y Rojas de Negri. “El verdadero culpable tiene nombre y apellido: Julio Castañer; ése es el nombre del asesino”, señaló hace algunos años Guzmán a CHV.

En tanto, Leonardo Riquelme Alarcón, Walter Lara Gutiérrez, Juan Ramón González Carrasco y Pedro Franco Rivas fueron sentenciados a 10 años por ser cómplices del delito. Por su parte, Francisco Vásquez Vergara y René Muñoz Bruce, deberán purgar una pena de 3 años y un día de presidio por encubrimiento del homicidio calificado y a 541 días por realizar la misma acción en el homicidio frustrado.

Por su parte,  Luis Zúñiga González, Jorge Astorga Espinoza y Sergio Hernández Ávila, fueron absueltos en este caso.

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