Opinión

¿Valdivia ciudad humedal? Entre plan regulador y acuerdo de Escazú

Se avecina un nuevo día que conmemora los humedales, esta vez con presencia de la ministra de medio ambiente y en sintonía con la declaración de Valdivia como ciudad humedal. Claramente es una declaración que describe el espacio original de Valdivia, un territorio entramado por una red de humedales conectados por ríos. Sobre esta red fluvial y de walves se han implementado todos los espacios necesarios para la vida humana moderna, urbana y capitalista. Mall, centros comerciales, colegios, hospitales y vías para desplazarse entre todo ello. Vías que no solo conectan las necesidades de quienes habitamos Valdivia, sino que también de aquellas empresas que explotan su naturaleza. En ese contexto es que la amenaza siempre latente de un puente sobre el querido humedal Angachilla, que acorte la distancia entre forestales y chipeadoras, se vuelve a actualizar.

Ahora se actualiza con un plan regulador que pretende subir en altura en algunos lugares de la ciudad, dar certeza de la proyección de la planificación urbana en la ciudad, y con esto, definir -o decidir más bien, como un elemento esencialmente político- sobre territorios donde confluyen o se encuentran en conflicto diversos usos.

Lo último nos pone en la encrucijada progreso y desarrollo versus uso y vivencia comunitaria, siendo el caso del Parque Comunitario Angachilla un lugar emblemático de esta realidad.

Con este panorama nos preguntamos: ¿aguantarán los terrenos pantanosos el peso de la altura? ¿cuánto nos dañará si se insiste en un trazado de vía estructurante por sobre el humedal, esto es, un puente sobre el humedal? ¿Son previsibles las consecuencias o el impacto de las decisiones de política urbana en la capacidad de resiliencia de estos ecosistemas? Si así fuera, ¿cómo se prevé la proyección de la planificación del tránsito productivo regional y urbano en materia ambiental? Más concretamente, ¿qué medidas se consideran para planificar el tránsito productivo en la ciudad humedal?, ¿cómo se integra la mirada ambiental en la planificación de las vías estructurantes y su regulación? ¿Influye la declaratoria de Ciudad Humedal en la zonificación del Plano Regulador y su relación con estos espacios naturales, y en particular, en el humedal y santuario Angachilla? ¿significará protección para los espacios naturales, mantenidos por la comunidad que circundan humedales?

En la respuesta a estas preguntas se cruzan dos espacios institucionales: el ya mencionado plan regulador y el acuerdo de Escazú. Se supone que ya estamos en etapa del plan de implementación (participativa) de un acuerdo internacional que robustece toda la legislación nacional en torno a medio ambiente, siendo una normativa que busca proteger e incentivar el establecimiento de mecanismos de participación en la toma de decisiones, además de defender a las personas defensoras de derechos humanos y medio ambiente (todo esto, mientras aún levantamos la voz preguntándonos ¿Dónde está Julia Chuñil?, cada día con menos esperanzas de encontrarla a ella y a Cholito con vida).

Los acuerdos internacionales en derechos humanos en general gozan fama de ser horizontes morales, buenas intenciones, con poca materialización. Esperamos que no ocurra lo mismo con el acuerdo de Escazú, sabemos que, con mucha tardanza en el caso de la desaparición de Julia, la fiscalía reconoció la urgencia de buscarla. Ella no es la única desaparecida por defender su tierra, la lista es larga, pero con el acuerdo de Escazú en etapa de planificación de implementación y más socializado, era de esperarse una mayor premura.

En esa misma línea el acuerdo tiene principios que seguramente quedarán en el intersticio de la tierra de nadie. Hacemos referencia particularmente al principio de no regresión que va acompañado del principio de progresividad. Este principio indica lo siguiente: “La no regresión tiene por objeto garantizar que la protección ambiental no se vea debilitada, mientras que la progresividad aspira a mejorar la legislación ambiental, incluso mediante el incremento del nivel de protección, sobre la base de los conocimientos científicos más recientes”.

Se supone que estos principios deben resguardar todo espacio natural que goza de protección ambiental, como por ejemplo los humedales declarados santuarios. Mientras un espacio delimitado muy precisamente queda resguardado, quedan desprovistos de protección los espacios en torno a los humedales, que generan las condiciones para que ellos sigan cumpliendo con la noble labor de entregarnos diversos beneficios ecosistémicos, entre ellos: protección durante los excesos de lluvias en cuanto control de inundaciones (conocimos de cerca como país esto el 2023) y protegernos de los efectos del cambio climático.

Si estos espacios se deterioran se produciría un efecto de regresión del cuidado del humedal. Nos preguntamos si no se debiese avanzar (principio de progresión) a proteger el espacio en torno al humedal para cumplir cabalmente con este punto.

Cabe destacar que además si lo que se pretende es empoderar e instar a la comunidad en la participación de decisiones y protección de los espacios naturales -tal como lo protege el acuerdo de Escazú y como debiera instar el plan regulador en la gestión de la ciudad-, se debiera respetar todo entorno restaurado por la comunidad, habiendo en esos espacios de cuidado un modo diferente de involucramiento de quienes habitamos la ciudad, esto en comparación a la participación de seminarios por zoom y otros que propician consultoras, que respaldan a las instituciones mandantes.

Reconocer y respetar la articulación comunitaria que integra estos espacios naturales, es una manera de dar cauce y fomentar estos procesos de involucramiento ciudadano y territorial en diversos entornos, entendiéndolos como la forma más efectiva de protección: la apropiación y articulación comunitaria.

La participación que se refleja en la restauración, apropiación y gestión de espacios como humedales desde las propias comunidades que los habitan, es una participación más robusta y comprometida que cualquier intervención institucional. Esta participación desborda los alcances institucionales anteponiéndose a la solución de problemas desde la vivencia propia y el reconocimiento de necesidades desde quienes habitan su entorno y dan vida a esta articulación.

En el marco de la declaratoria de Valdivia Ciudad Humedal, es importante poner énfasis en la relevancia política de reconocer, respetar y fomentar estas diversas formas de participación como objetivos clave para revertir un futuro que en materia ambiental se ve inhóspito.

Las opiniones vertidas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la visión de LVQS.

Sobre la autora / el autor
Carolina Bruna Castro y Maureen Fuentes
Carolina Bruna Castro y Maureen Fuentes, miembras de la Corporación Parque comunitario Angachilla.

También te puede interesar

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Apoya al periodismo independiente! Sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran.
Únete aquí

¡Apoya al periodismo independiente!

Súmate, sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran. Así podremos seguir con los reportajes, crónicas y programas, que buscan mostrar la otra cara de la realidad, esa que no encontrarás en los medios de comunicación hegemónicos.