Opinión

Por una Constitución sin Adultocentrismos

Nuestra sociedad históricamente ha sido construida bajo la invisibilización constante de las niñas, niñes, niños y adolescentes (en adelante NNA), bajo la idea de que éstos son adultos en desarrollo, adultos en potencia o adultos en miniatura. Esta serie de afirmaciones niegan per se a la niñez, y se les atribuye una valoración sólo por la consideración de lo que van a llegar a ser, y, por tanto, no por lo que son.


Cuando nos referimos al concepto “adultocentrismo”, hablamos de esta consideración de que el adulto y su perspectiva de la sociedad son por excelencia superiores a la de una persona de poca edad.  Ahora bien, en términos políticos, con adultocentrismo nos referimos a que todas las decisiones en el actual sistema son tomadas por personas adultas y sin la más mínima consideración de las visiones, opiniones y decisiones de NNA. No obstante, aún hay quienes se preguntan ¿por qué niñas, niñes, niños y adolescentes deben participar del proceso constituyente?y principalmente hay 3 razones:

La primera es porque son titulares del derecho y, como tal, pueden expresar sus opiniones en cualquier asunto que les afecte en su vida social, económica, cultural y política, y a que estas sean tenidas debidamente en cuenta al momento de tomar decisiones.

En segundo lugar, porque la debida participación de los niños, niñas, niñes y adolescentes permite resguardar su interés superior (Art. 3 de la Convención De los Derechos del Niño), en virtud del cual “en todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño”.

En tercer lugar, porque participar en los debates nacionales incrementa la responsabilidad ciudadana, el interés por la política y el compromiso democrático de las, los y les adolescentes desde una edad temprana.

Quienes comprendemos la importancia de la participación activa de NNA, y que además vemos al adultocentrismo como un obstáculo para el desarrollo pleno de la niñez en todos sus ámbitos, estamos obligadas a repensar fórmulas y mecanismos que les den garantías de participación.

A partir de la necesidad de que la Convención Constitucional no reproduzca la deuda del Estado con NNA, se deben establecer reglas de funcionamiento que aseguren la participación de esta prioritaria parte de la sociedad, así como un correcto tratamiento de los contenidos constitucionales que marcarán el rol del Estado en la promoción y garantías de sus derechos.

Es por ello que, junto a organizaciones sociales y fundaciones por la defensa y promoción de los derechos de la niñez y la adolescencia, nos hemos organizado para prontamente entregar una propuesta de reglamento de participación a la Comisión de Participación Popular y Equidad Territorial de la Convención Constitucional, instancia en la que participo, la cual garantice un proceso constitucional sin adultocentrismo.

Las opiniones vertidas en este artículo son de exclusiva responsabilidad de quienes las emiten y no representan necesariamente la visión de LVQS.

Sobre la autora / el autor
Valentina Miranda Arce
Convencional Constituyente, distrito 8. Militante Partido Comunista.

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