Viernes, Marzo 29, 2024

Hacia un reglamento feminista y disidente para la Convención

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En consideración del momento político que vivimos, los derechos humanos, la plurinacionalidad, la participación ciudadana vinculante, el laicismo, la sanción de los discursos de odio y el negacionismo, la violencia política de género, el acoso sexual, el hostigamiento, entre otros, son elementos que deben ser tomados en consideración con efectos concretos dentro de la convención de carácter sancionador para quienes ejecuten dichos actos.


El 18 de octubre de 2019 los pueblos de Chile se manifestaron a lo largo de todo nuestro territorio para exigir un cambio profundo al modelo político y económico impuesto por la dictadura y en particular por la Constitución de 1980. De este contexto y en conjunto con luchas sociales que se vienen realizando hace décadas, se abrió la puerta a un proceso constituyente histórico que nos da la posibilidad de tener una constitución redactada en democracia por un órgano compuesto exclusivamente por ciudadanes electes para dicha tarea, además de ser paritario y con escaños reservados para pueblos originarios.

Su labor fundamental no es solamente la redacción de una constitución, sino que establecer las nuevas bases políticas, democráticas y las reglas del juego bajo las cuales nos regiremos todas las personas. De ahí que la importancia de este proceso va mucho más allá de las meras discusiones técnicas y abstractas que puedan darse en torno a un texto constitucional como lo ha querido hacer creer particularmente la derecha. 

En base a lo anterior, queda de manifiesto que la convención no se puede desligar de las circunstancias políticas, económicas y sociales que permitieron su nacimiento. Por lo mismo, las declaraciones que se discutieron respecto a los presos políticos y la desmilitarización del Wallmapu son una expresión legítima para la construcción de un proceso que tiene el deber de refundar una institucionalidad resquebrajada y una democracia pactada. En torno a esto, la discusión del reglamento de la convención que se nos avecina tiene que tomar en consideración dichos elementos. Hasta los aspectos orgánicos que podríamos considerar neutrales, tales como, la forma de organizarse (si en comisiones u otras formas), la estructura de la mesa directiva, sus funciones, entre otros, pueden analizarse desde una visión de derechos humanos, género, diversidad y de pueblos originarios. 

Por ende, cualquier propuesta de reglamento que pretenda ser omnicomprensiva debe contener una visión completa de su texto en consideración de las diversas realidades que confluyen en nuestro país (no solamente en la convención ) y no limitarse a un apartado, epígrafe vinculado a género, disidencias sexogénericas, derechos humanos o pueblos originarios como lo manifiestan algunos. Reducir estas materias a un apartado es un peligroso ejercicio de segregación que tiene consecuencias negativas al momento de la aplicabilidad de cualquier tipo de norma.

Por esto, desde nuestro punto de vista, uno de los principales elementos que debe contener este reglamento en materia orgánica es reconocer la diversidad sexual y sexo genérica existente tanto en la convención como afuera, así como a las personas con discapacidad, a niños, niñas y jóvenes, entre otres. La representatividad o la vinculación con la sociedad juega un papel importante en la construcción de legitimidad de dichas estructuras orgánicas 

Siguiendo la misma linea y en consideración del momento político que vivimos, los derechos humanos, la plurinacionalidad, la participación ciudadana vinculante, el laicismo, la sanción de los discursos de odio y el negacionismo, la violencia política de género, el acoso sexual, el hostigamiento, entre otros, son elementos que deben ser tomados en consideración con efectos concretos dentro de la convención de caracter sancionador para quienes ejecuten dichos actos.

El odio, la violencia de género y el negacionismo no son elementos que pueden seguir construyendo “posturas políticas” en lo que será una nueva democracia en nuestro país. Las disidencias sexuales y sexogénericas somos unas de las primeras víctimas de estos discursos que se han naturalizado lamentablemente en la esfera política. Esta necesidad se refuerza aún más teniendo en nuestra convención un grupo de convencionales de tales disidencias, aún cuando hayan quedado ausentes diversas personas de dichos grupos. Los efectos de dichos discursos no son inocuos, son profundamente violentos llegando hasta a la incitación a la violencia. 

La convención no puede ser neutral ante estas realidades, por lo mismo en torno a su funcionamiento y su trabajo, ésta debe contener un cupo laboral de personas trans que, cumpliendo con las aptitudes y capacidades, puedan ejercer las funciones que la convención o les convencionales requieran. Esta medida es un mínimo de reparación ante una población que no se encuentra representada actualmente en la convención y que ha sido profundamente violentada y excluida en nuestro país. En efecto, el reconocimiento del nombre social, considerando que no todas las personas pueden acceder al reconocimiento de su identidad de género, debe ser considerada tanto para trabajadores, funcionaries o personas que asistan/participen en la convención. 

Nuestro país vive un momento histórico en el cual las mujeres feministas, y las disidencias sexuales y sexogénericas hemos tomado un rol importante en las movilizaciones y la exigencia de derechos sociales en los procesos políticos de movilizaciones que hemos vivido. Es un profundo error invisibilizar o excluir estas realidades, propuestas y consideraciones. Si algo ha quedado de manifiesto durante las últimas elecciones, es que no formamos parte de ningún tipo de “minoría” sino que al contrario, hemos sido principalmente excluides de las disputas políticas de poder. Las mujeres feministas, las disidencias sexuales y sexogénericas llegamos para quedarnos en la política. La democracia no se construye con exclusión.

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