Un triunfo para Puchuncaví y Quintero: Suprema falla a favor y obliga a AES Gener a presentar EIA en proyecto de planta desalinizadora
La empresa AES Gener deberá realizar un Estudio de Impacto Ambiental al proyecto de reconversión en una de sus termoeléctricas.
La Tercera Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de protección contra el Servicio de Evaluación Ambiental y el Intendente Regional, Jorge Martínez Durán, en el que se obliga a la empresa AES Gener, propietaria de varias termoeléctricas en la zona de sacrificio de Quintero y Puchuncaví, a realizar un Estudio de Impacto Ambiental al proyecto de reconversión de una de sus termoeléctricas en una planta desalizadora.
Según se informó la empresa presentó una Declaración de Impacto Ambiental, la que tenía un estándar muy inferior al del EIA. Esto debido a que no calcula el impacto ni ofrece planes de mitagación.
El argumento de la empresa fue que no se trataba de un proyecto nuevo ni de una reconversión, sino más de una «optimización» de la termoeléctrica.
Organizaciones sociales y defensores medioambientales denunciaron que, para hacer lo anterior, la firma fraccionó el proyecto en varias partes, para así eludir la normativa legal. Además, indicaron que la reconversión de la termoeléctrica, lleva adelante otro proyecto, con el que se pretende construir un ducto desde Quintero hasta Tiltil, llamado «Suministro de Agua Zona Centro».
Finalmente, el falló fue a favor de los reclamantes y ordenó que la empresa lleve a cabo un Estudio de Impacto Ambiental.



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