Viernes, Marzo 29, 2024

Fiscalía pide 12 años de cárcel para ex carabinero que disparó a Fabiola Campillai, Patricio Maturana

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La Fiscalía Metropolitana Occidente presentó un documento de 71 páginas, donde la fiscal de Alta Complejidad Paola Zárate, detalló los hechos ocurridos el 26 de noviembre de 2019 por los cuáles se acusa a Maturana y se decidió llevarlo a juicio oral.


12 años de cárcel pidió el Ministerio Público para Patricio Maturana, el ex capitán de Carabineros que el pasado 26 de noviembre disparó una bomba lacrimógena, en medio de manifestaciones por el estallido social, la que impactó en el rostro de Fabiola Campillai, dejándola ciega, entre otras graves secuelas.

Así quedó establecido en un documento de 71 páginas presentado el martes recién pasado por la fiscal de Alta Complejidad Paola Zárate, que describe primero cuáles son los hechos por los que se acusa al imputado y se decidió llevarlo a juicio oral.

Por ejemplo, relata que durante la protesta, los manifestantes comenzaron a insultar a Carabineros, “sin obstruir la libre circulación de transeúntes y vehículos, ni se pusiera en peligro la vida o la seguridad de las personas. Fue en ese contexto que, contraviniendo las disposiciones sobre el debido uso de armamento denominado no letal, el capitán Jaime Fernández, a cargo de procedimiento, usó su carabina lanzagases hacia los manifestantes y dio la orden de disparar una segunda vez”.

Más tarde, cuando se dio la orden del tercer disparo, Maturana, “advirtiendo la presencia de personas ubicadas en esa intersección, sin que por ello se estuviere afectando la libre circulación de transeúntes y vehículos, ni se pusiera en peligro la vida o la seguridad de las personas que circulaban, abusando de su cargo y con el propósito de proferir dolor, dispara con la carabina lanzagases, la cual es percutada de frente en forma recta, dirigiéndola directamente a las personas, en un ángulo inferior a 10°, sin realizar parábola, impactando un proyectil de frente en el rostro de la víctima, que se encontraba aproximadamente a 51 metros de distancia del imputado, quien cae al suelo perdiendo el conocimiento”.

El Ministerio Público agrega que Maturana, “con su actuar, incumplió lo instruido por el Manual de Operaciones para el Control del Orden Público, así como también por lo establecido en la circular 1832 y Orden General 2635 que, entre otra cosas, reglamenta el uso y funcionamiento de carabinas lanzagases”.

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