La Comisión de Derechos Fundamentales de la Convención Constitucional aprobó en particular este viernes la norma que garantiza el derecho humano al agua y al saneamiento.
En específico, se trata del artículo 49 del segundo informe del comité, que establece en su primer inciso: “La Constitución garantiza a todas las personas el derecho al agua y al saneamiento suficiente, saludable, aceptable, asequible y accesible. Es deber del Estado garantizar estos derechos para las actuales y futuras generaciones”.
Ahora, la iniciativa pasará a ser votada en el Pleno de la instancia y de obtener los dos tercios, es decir, 103 votos, sería incluida en el borrador de nueva Carta Fundamental.
De acuerdo con la norma aprobada hoy, será deber del Estado velar “por la satisfacción de este derecho atendiendo las necesidades de las personas en sus distintos contextos”.
Además, según el artículo, “este derecho deberá satisfacerse preferentemente a partir de fuentes de aguas terrestres“.
También, se aprobó en particular otra indicación que establece que “la Constitución reconoce a los pueblos y naciones indígenas los derechos sobre las aguas existentes en sus tierras y territorios, las cuales serán administradas directamente por ellos, de conformidad con su derecho propio y al derecho a la libre determinación”.