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Corte ordena que la ANI mantenga en reserva bases de datos personales que maneja ante solicitud de ciudadano

En su requerimiento a través de Ley de Transparencia, el civil Javier García había señalado que «la información solicitada no está en situación de producir, por sí misma, la afectación de la seguridad de la nación».


La Corte de Apelaciones de Santiago acogió el pasado jueves un reclamo de ilegalidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la Agencia Nacional de Inteligencia (ANI), contra la orden emanada desde el Consejo para la Transparencia para que esta última entregue a un ciudadano que lo solicitó el «número de bases de datos personales que detenta» dicha institución.

En ese sentido, en un fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada estableció que la información solicitada a través de la Ley de Transparencia en marzo de 2020 por el ciudadano Javier García García tiene carácter de reserva o secreto al formar parte del sistema de inteligencia del Estado.

«La información vinculada con la cantidad de bases de datos que maneja la Agencia, que se ha ordenado entregar, se encuentra efectivamente amparada por la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 38 de la Ley N° 19.974. En efecto, esos datos corresponden a registros, antecedentes e informaciones que obran en poder de la ANI, esto es, de un organismo que forma parte del Sistema de Inteligencia del Estado, y que tienen por finalidad servir al desarrollo de labores de inteligencia», argumentó el tribunal.

Al respecto, el solicitante Javier García había señalado sin éxito que «la sola indicación del número de bases de datos que detenta la ANI no genera consecuencias perniciosas respecto a los bienes jurídicos» reclamados por la Agencia.

«La información solicitada no está en situación de producir, por sí misma, la afectación a la seguridad de la nación o con el interés nacional, pues se trata de información vaga y de carácter genérico que, de ser conocidos, no podrían develar datos que pudieren comprometer o poner en entredicho la actividad de inteligencia y de contrainteligencia que efectúa la Agencia Nacional de Inteligencia», argumentó el civil en su respuesta al reclamo de ilegalidad presentado por el Consejo de Defensa del Estado en favor de la ANI.

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