Confirman fallo a favor de carabinero guardia de residencia de Allende torturado por sus propios ‘compañeros de armas’
Rubén Manosalva Jiménez fue detenido en octubre de 1974 y llevado al cuartel de la policía en La Moneda, donde durante dos meses fue sometido a vejámenes considerados por el tribunal como delitos de lesa humanidad.
Agencia Uno
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el pasado 4 de noviembre la sentencia del 3° Juzgado Civil de Santiago que condenó al fisco a pagar una indemnización de $40.000.000, por concepto de daño moral, a Rubén Manosalva Jiménez, carabinero que cumplió funciones de guardia en la residencia del Presidente Salvador Allende en la calle Tomás Moro, en la comuna de Las Condes.
Tras ser dado de baja, el uniformado fue detenido el 1 de septiembre de 1974 y sometido a torturas por personal del servicio de inteligencia de la propia institución policial a la que pertenecía.
En un fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada rechazó la solicitud de prescripción del delito interpuesta por el fisco, tras establecer que Manosalva Jiménez fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto penal como civilmente.
En la causa se detalla que el guardia de la residencia de Allende fue llevado al cuartel de Carabineros que operaba en el Palacio de La Moneda, «donde lo tuvieron con los ojos vendados y lo interrogaron cada dos horas, bajo tortura», por un período de dos meses aproximadamente. Junto con ello, se consigna que fue obligado a presenciar vulneraciones a los Derechos Humanos cometidas contra otros detenidos, todos hechos que se encuentran reconocidos por el Estado en el informe de la Comisión Valech.
«La privación de libertad por motivos políticos y sin causa justificada constituye de por sí una grave violación a los Derechos Humanos, en este caso aquella se prolongó por 2 meses aproximadamente, lo que importa un menoscabo a los Derechos Fundamentales de todo ser humano, y que se condice igualmente con las indemnizaciones fijadas por esta juez en casos análogos», concluyó la resolución de la Corte de Apelaciones.



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