Condenan a 6 carabineros por golpizas a civiles durante el estallido social: Ninguno va a la cárcel

Los funcionarios policiales golpearon con sus pies y objetos contundentes a dos manifestantes que resultaron con fracturas y policontusiones.
Carabineros
Imagen solo de referencia / Agencia Uno

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Puente Alto condenó este martes a 6 funcionarios de Carabineros por golpizas recibidas por civiles durante protestas realizadas en la comuna de Puente Alto en enero de 2020.

Por una parte, los uniformados Roberto Cabrera Faúndez y Ariel Ramírez Castro fueron sentenciados a la pena de 4 años de presidio en calidad de autores de dos delitos consumados de apremios ilegítimos. En tanto, Alexis Aspe Torres fue condenado a 818 días de presidio por los mismos ilícitos. Los tres fueron sometidos igualmente a las accesorias legales de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la pena impuesta.

Sin embargo, ni Cabrera ni Ramírez ni Aspe irán a prisión, luego de que el tribunal sustituyera la pena privativa de libertad por una de libertad vigilada intensiva durante el tiempo de la condena, sirviéndoles además de abono el período que permanecieron bajo medidas cautelares que los privaron de libertad.

Junto con ello, se les aplicó a los tres carabineros la prohibición de acercarse a las víctimas.

Imagen referencial / Agencia Uno

Por otra parte, el tribunal condenó al carabinero Francisco Castillo Lobos a la pena de 800 días de presidio; y a sus colegas Roberto Cares Flores y Mauricio Melo Cornejo a 300 días presidio, todos en calidad de autores de un delito de apremios ilegítimos, más las accesorias legales de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de las penas.

En este caso ocurrió lo mismo que con los primeros tres funcionarios policiales en cuanto a que no se hará finalmente efectivo el ingreso a un recinto penitenciario, luego de que el TOP de Puente Alto diera por cumplidas las penas “atendido el mayor tiempo que permanecieron privados de libertad con ocasión de esta causa”.

Las golpizas

En su fallo, el tribunal dio por acreditado que la tarde del 28 de enero de 2020, en la intersección de Santo Domingo con Sergio Roubillard en Puente Alto, los funcionarios policiales Roberto Cabrera, Ariel Ramírez y Alexis Aspe “procedieron a propinar a Leonardo Ismael Sanhueza Olivares reiterados golpes de pies y con otro objeto contundente en distintas partes del cuerpo, lo que le ocasionó un neumotórax asociado a fracturas costales múltiples”.

En tanto, la resolución también estableció que la noche del día siguiente, del 29 de enero, en la calle San Hugo de la misma comuna, el civil Matías Soto Ramos “fue tomado del cuello por el funcionario de Carabineros Roberto Álex Cares Flores, para luego recibir una patada del carabinero Mauricio Andrés Melo Cornejo, cayendo al suelo, lugar en el que fue golpeado en distintas oportunidades tanto por Melo Cornejo como por Cares Flores”.

A ello se sumó que -como apuntó el TOP de Puente Alto- “los funcionarios de Carabineros Francisco Castillo Lobos, Roberto Cabreras Faúndez, Ariel Ramírez Castro y Alexis Aspe Torres también agredieron a la víctima con golpes de pies y con otro elemento contundente en distintas partes del cuerpo”. Producto de dicha agresión, Matías Soto resultó con una “fractura en novena costilla izquierda, disyunción acromioclavicular del hombro izquierdo tipo 1 y policontusión”, según se consignó en el fallo.

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