“Agencia Nacional del agua”: Comisión de Sistemas de Justicia aprueba la creación del organismo y sus atribuciones
Durante la jornada de este lunes, la Comisión de Sistemas de Justicia se encuentra deliberando las indicaciones presentadas al tercer informe de la comisión y que fue rechazado en general por el pleno del órgano el pasado 14 de abril.
Agencia Uno
Fue por 55 votos a favor, 20 en contra y 65 abstenciones, que el pleno de la Convención rechazó en general el tercer informe de la Comisión de Sistemas de Justicia el pasado 14 de abril.
“Esto no significa que haya sido rechazado definitivamente, sino que es una oportunidad para la Comisión para ofrecer un mejor texto”, señaló en aquella oportunidad uno de los coordinadores de la comisión Christian Viera (Ind/FA), en el punto de prensa luego de la votación.
Durante esta jornada, la comisión aprobó, por 14 votos a favor, 3 abstenciones y 1 en contra, la indicación 103 presentada al informe por los convencionales Stingo, Laibe, Woldarsky, Gutiérrez, Hoppe, Jiménez, Bravo y Daza para sustituir el artículo 36 por el siguiente:
“La Agencia Nacional del Agua es un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que se organizará desconcentradamente, cuya finalidad es asegurar el uso sostenible del agua, para las generaciones presentes y futuras, el acceso al derecho humano al agua y al saneamiento y la conservación y preservación de sus ecosistemas asociados. Para ello, se encargará de recopilar información, coordinar, dirigir y fiscalizar la actuación de los órganos del Estado con competencias en materia hídrica y de los particulares en su caso.
Así mismo, la indicación presentada y aprobada establece que será este órgano “el encargado de proponer e implementar la Política Hídrica Nacional, para lo cual deberá elaborar y gestionar un sistema público unificado de información hídrica con enfoque integrado de cuencas, que permita garantizar las prioridades de uso establecidas en esta Constitución. Además, estará a cargo de otorgar, revisar, modificar, caducar y revocar autorizaciones de uso de agua”.
La Agencia Nacional del Agua “deberá fiscalizar el uso responsable y sostenible del agua y aplicar las sanciones administrativas que correspondan. Podrá determinar la calidad de los servicios sanitarios, así como las demás que señale la ley”.
Finalmente, la indicación establece que “L¿las sanciones impuestas por la agencia podrán ser reclamadas ante los tribunales de justicia”
Este artículo, así como todos los que sean aprobados durante la jornada del 25 de abril, volverán a ser discutidos por el pleno de la Convención en dos instancias, en una general, donde se deliberará todo el texto en conjunto, así como en particular en que se votarán una por una sus normas e incluso, si así lo piden los convencionales, inciso por inciso.
De ser aprobado en general y en particular, necesita el quórum de dos tercios, es decir 103 votos como mínimo, el artículo que crea la Agencia Nacional del Agua pasará al borrador de nueva Constitución, donde ya hay 290 artículos aprobados hasta la fecha.


