La iniciativa legal que hace un año atrás ingresó el gobierno busca liberar de responsabilidades penales a Carabineros en caso de excesos tales como el uso de armas. Nuestro medio consultó a fuentes del Derecho que señalan su preocupación debido a que se puede instalar una impunidad legalizada, así como pasar por encima de la igualdad ante la ley. Hoy el proyecto se vota en la Comisión de Seguridad Pública del Senado.
Pasado el mediodía del 16 de diciembre de 2019 –exactamente un año atrás– el Presidente de la República, Sebastián Piñera Echeñique, anunciaba uno de los tantos proyectos que buscaban “fortalecer a Carabineros”. Desde el Patio de Los Naranjos del Palacio de La Moneda y con una puesta en escena que tenía a oficiales y a su esposa Cecilia Morel como telón de fondo, el mandatario remarcaba que la iniciativa buscaba establecer como una agravante cualquier tipo de daño en contra de carabineros, policías o gendarmes. Al día siguiente, el 17 de diciembre de 2019, el proyecto ingresó al Senado con su firma y la de sus ministros de Interior y Justicia: Gonzalo Blumel Mac-Iver y Hernán Larraín Fernández, respectivamente.
El proyecto de Ley busca modificar el Código Penal y cuerpos legales afines por medio de 8 artículos, siendo el octavo el que concita mayor interés dado que apela a mayores potestades para el uso de armas por parte de gendarmes, policías y carabineros, eximiéndolos de responsabilidades penales. El artículo dice así.
Artículo 8°.- Estará exento de responsabilidad penal el miembro de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y de Gendarmería de Chile que:
1° Hiciere uso de su arma en defensa propia o en la defensa inmediata de un tercero al cual, por razón de su cargo, deban prestar protección o auxilio.
2° Hiciere uso de sus armas en contra del preso o detenido que huya y no obedezca a las intimaciones de detenerse.
3° Hiciere uso de su arma de fuego en contra de la persona o personas que desobedezcan o traten de desobedecer una orden judicial que dicho funcionario tenga orden de velar, y después de haberles intimado la obligación de respetarla.
Los Tribunales, según las circunstancias y si éstas demostraren que no había necesidad racional de usar las armas en toda la extensión que aparezca, podrán considerar esta circunstancia como simplemente atenuante de la responsabilidad y rebajar la pena en su virtud en uno, dos o tres grados. Sin perjuicio de lo anterior, se presumirá la necesidad racional cuando el miembro de Carabineros de Chile, de la Policía de Investigaciones de Chile y de Gendarmería de Chile fuere agredido, comprometiendo su vida o gravemente su integridad física.
Por cierto, eran días agitados al momento de promulgar este proyecto de ley. El pasado 13 de diciembre de 2019 y tras 16 meses en prisión, el lonko Alberto Curamil –Premio Ambiental Goldman, conocido como el ‘Nobel Verde’– recuperaba su libertad. En tanto, al 20 de diciembre, el INDH informaba que habían seis fallecidos en manos de agentes del Estado; 3.557 heridos, entre ellos 2.040 por disparos y 359 por daños oculares. De estos últimos, 23 con estallido o pérdida del globo ocular, como ocurrió con Fabiola Campillai y Gustavo Gatica. Con el acuerdo que originó el plebiscito en favor de mantener o dar pie a una Nueva Constitución aún en la retina, la agenda pro policías, gendarmes y carabineros solamente se acentuaba.
Riesgos para la vida, fin de igualdad ante la ley
Para Claudio Nash, académico y doctor en Derecho, este proyecto no merece dobles lecturas: “Este es un mal proyecto (de ley) en el que lamentablemente el gobierno decide volver a impulsar dentro de un contexto de fuertes críticas hacia Carabineros como institución. En su línea central, este proyecto busca utilizar el Derecho Penal como una forma de criminalización de la protesta social, dando amplias y nuevas atribuciones a la policía”, comenta.
Si bien estima que cada uno de los ocho artículos son criticables, es el mencionado 8º el que más preocupa, en especial por el contexto de agitación social presente y las potestades que se darían a las policías: “Allí se establece una serie de eximentes de responsabilidad en cuanto al uso de la fuerza de parte de las policías, en especial de carabineros. Por ello es que esto representa un serio riesgo para la vida e integridad de las personas, particularmente en un contexto de movilizaciones sociales como las que vive actualmente Chile”. Añade que, en base a la experiencia comparada con Perú y Bolivia, estas iniciativas tienden a no ser recomendables bajo ninguna circunstancia: “En la experiencia comparada con Bolivia o Perú, cada vez que se establecen normas de este tipo, dan pie a situaciones de mucha violencia y eso no es bueno nunca, menos en el actual momento del país”.
Dado el enfoque del proyecto de ley, Nash cree que “se busca transformar a los manifestantes en enemigos de la policía, para que así estos últimos tengan atribuciones del uso de la fuerza de forma desmedida. Lo esperable es que el proyecto se rechace en su conjunto (en la Comisión de Seguridad Pública del Senado)”.
Paulina Vodanovic, abogada, presidenta de la Fundación Horizonte Ciudadano y de la Comisión de Derechos Humanos del Colegio de Abogados, ha seguido de cerca el proyecto, viendo constantemente el canal de televisión de la Cámara Alta. Su preocupación es manifiesta: “En la comisión de Seguridad Pública del Senado al subsecretario de Interior, Juan Francisco Galli, argüía que la acción policial estaba inhibida al no poder hacer uso de sus armas. Esto es gravísimo porque lo que el subsecretario está diciendo es que las fuerzas policiales no están debidamente capacitadas para distinguir las situaciones donde puede o no usar la fuerza. Este proyecto ni siquiera aclara esto sino más bien crea una exención de la responsabilidad penal”.
Para Vodanovic, panelista del programa ” El Mañana de Chile” este proyecto crea un estatuto especial para los funcionarios de Carabineros, por lo que amenaza al principio de igualdad ante la ley y al Estado de Derecho: “Son los tribunales de justicia los que deben determinar si existió dolo o culpa en caso de que un carabinero se exceda en el uso de la fuerza, sin embargo este proyecto busca eximir de responsabilidades per sé: el carabinero no tendrá ninguna consecuencia en caso de cometer un delito”, señala. La abogada estima que la gravedad de este proyecto se acrecienta al ser carabineros “quienes ostentan el monopolio de la fuerza, más en el contexto que se arrastra desde el año pasado”.
Hoy el proyecto se vota en la Comisión de Seguridad Pública del Senado, la cual está compuesta por los senadores Felipe Harboe (PPD), Francisco Huenchumilla (DC), José Miguel Insulza (PS), Felipe Kast (Evopoli) y la senadora Marcela Sabat (RN).
IEste proyecto de ley establece impunidad para carabineros para actos que vomeran con riesgo de daño físico y de muerte