Hoy

Servel habilitó cambio de domicilio electoral: ¿Cómo y dónde realizar este proceso?

El plazo para llevar a cabo este trámite se fijará una vez la Convención Constitucional entregue el escrito final de la nueva carta magna.


A partir del 1 y 3 de enero -correspondiendo estas fechas a los mecanismos online y presencial, respectivamente- el Servicio Electoral (Servel) habilitó el proceso que permite modificar el domicilio electoral para el plebiscito de salida que ratificará o rechazará la propuesta de nueva Constitución que ofrezca al país la Convención Constitucional (CC).

Cabe recordar que dicha votación será obligatoria y en ella se aplicará la ley que asigna el local de votación más cercano a la residencia inscrita.

El trámite se puede realizar tanto de manera online como presencial, y el límite para llevarlo a cabo se fijará una vez la Convención Constitucional entregue el texto final de la carta magna.

¿CÓMO REALIZAR EL CAMBIO DE DOMICILIO ONLINE?

Para realizar el cambio de domicilio de forma online se debe ingresar al sitio web https://cambiodomicilio.servel.cl/ con Clave Única, y seleccionar el apartado Agregar solicitud. En caso de no poseer Clave Única, esta se debe solicitar en el Registro Civil.

Luego, corresponde ingresar los datos personales más la nueva dirección que se registrará, y seleccionar Enviar. Después de 20 o 25 días hábiles, el Servel notificará mediante un correo electrónico o carta al domicilio, la aceptación del cambio.

¿DÓNDE DEBO REALIZAR EL TRÁMITE DE MANERA PRESENCIAL?

Para modificar la dirección electoral de manera presencial, se puede llevar a cabo en los 16 recintos regionales del Servicio Electoral, en las oficinas de Chileatiende y en las dependencias de la Policía de Investigaciones (PDI).

Todos los detalles se pueden encontrar en https://www.servel.cl/solicitud-de-cambio-de-domicilio-electoral/. Los plazos de reporte y aprobación son los mismos de la modalidad virtual.

PERSONAS CHILENAS EN EL EXTRANJERO

Las personas que cuenten con nacionalidad chilena y estén en el extranjero, deben cumplir con determinados requisitos. El primero es ser mayor a 17 años, tener una cédula de identidad o pasaporte vigente, y contar con un avecindamiento en el país que sea superior a un año. Esto último lo debe ratificar policía internacional.

Al cumplir con esas exigencias, se pueden incorporar al registro y realizar la gestión en cualquier consulado del país en el extranjero o en los lugares que se indicaron previamente en este artículo.

El presidente del Servicio Electoral, Andrés Tagle, recalcó que «es de suma importancia que los electores revisen su domicilio electoral registrado y lo corrijan de ser necesario para que opere correctamente».

El plebiscito de salida del proceso constituyente está previsto para el mes de agosto o septiembre de 2022, sin embargo, puede existir una postergación de este en caso de que la Convención Constitucional requiera un extensión de plazo para finalizar su trabajo.

También te puede interesar

1 comentario

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

¡Apoya al periodismo independiente! Sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran.
Únete aquí

¡Apoya al periodismo independiente!

Súmate, sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran. Así podremos seguir con los reportajes, crónicas y programas, que buscan mostrar la otra cara de la realidad, esa que no encontrarás en los medios de comunicación hegemónicos.