Tribunal estableció que dirigenta comunista fue torturada en Colonia Dignidad durante la dictadura
El juzgado capitalino condenó al fisco a pagar una indemnización a María Magdalena Peña, quien durante seis días fue brutalmente golpeada y recibió corriente eléctrica en distintas partes del cuerpo al interior del enclave alemán ubicado en Parral en la Región del Maule.
Foto: El País
El Trigésimo Juzgado Civil de Santiago condenó el pasado 14 de septiembre al fisco a pagar una indemnización de $15.000.000 por concepto de daño moral, a la obrera industrial de la empresa Calaf, militante del Partido Comunista (PC) y dirigenta de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), María Magdalena Peña López, detenida por efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) el 12 de mayo de 1974, quienes la trasladaron hasta el enclave alemán Colonia Dignidad, donde fue sometida a torturas por seis días.
Cabe mencionar que la trabajadora fue detenida junto a otras personas, entre ellas José González Salinas, Luis Marchant, Víctor Hidalgo, Sergio González, Manuel Bravo, Sergio
Hormazábal, Gregorio Gatica y René Espinoza.
En ese sentido, en la sentencia se rechazó la solicitud de prescripción realizada por el fisco, tras establecerse que la dirigenta fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto penal como civilmente.
El fallo consigna que en Colonia Dignidad la obrera industrial -a quien mantuvieron durante todo el tiempo encapuchada, salvo para alimentarse- «fue víctima, diariamente, de brutales torturas: la golpeaban con las manos y pies, le gritaban y le aplicaron corriente eléctrica en distintas partes de su cuerpo. Uno de los guardias continuamente se acercaba a la camilla donde estaba doña María y la golpeaba, además, con una huasca».
Los acusados de haber torturado a la trabajadora eran miembros del Ejército y de otras ramas de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad, o civiles adscritos a las mismas.
La tortura, según se consigna en la resolución, «constituyó un episodio altamente traumático y amenazante, que atentó en contra de la estabilidad biopsicosocial, afectando distintas áreas de desarrollo tanto a nivel individual, familiar, laboral y social, generándole un quiebre vital, cuyo daño se mantiene hasta la actualidad». «La demandante impresiona con un trastorno de estrés postraumático crónico y trastorno de ansiedad», se añade al respecto.


