Tribunal rechaza petición de sanción de Gendarmería a “Ramiro” tras entrevista televisiva

Comandante Ramiro

La institución penitenciaria buscaba limitar sus visitas a cinco minutos por 30 días, sin embargo, dicha solicitud no fue aceptada por la Justicia debido a que Mauricio Hernández Norambuena “utilizó el celular en el horario de visitas como estaba establecido”.


El 7° Juzgado de Garantía rechazó la sanción solicitada por la institución de Gendarmería en contra del ex miembro del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), Mauricio Hernández Norambuena, luego de la entrevista televisiva otorgada desde la Cárcel de Alta Seguridad (CAS) el pasado lunes a La Red para su programa Mentiras Verdaderas.

Tras la emisión de la conversación con el periodista Eduardo Fuentes -en donde el llamado “Comandante Ramiro” se refirió a lo que su organización califica como el “ajusticiamiento” de Jaime Guzmán, al régimen carcelario de tortura al que denuncia está siendo sometido en Chile y al “estallido social”, entre otros temas-, al día siguiente Gendarmería solicitó a la Justicia un “procedimiento disciplinario” contra el ex combatiente, el que se traduciría en limitar sus visitas a solo cinco minutos por 30 días.

“La realización de la entrevista mediante este medio significa un grave incumplimiento a la normativa penitenciaria, y una mala utilización de los dispositivos que han sido dispuestos para fines absolutamente ajenos a la realización de entrevistas a medios de comunicación”, argumentó la institución penitenciaria. Junto con ello, se apuntó que La Red no solicitó autorización para realizarla.

Sin embargo, el 7° Juzgado de Garantía rechazó aplicar la sanción, de acuerdo a lo que informa Radio Bío Bío, sosteniendo que Hernández Norambuena “utilizó el celular en el horario de visitas como estaba establecido por Gendarmería de Chile, no pudiéndose estimar dicha conducta como no obedecer las órdenes establecidas, ni siquiera en forma pasiva, aun cuando hubiera tomado contacto con un canal de televisión, puesto que dicha conducta no fue prohibida”.

“Los antecedentes indicados son insuficientes para autorizar la sanción propuesta por Gendarmería de Chile, concluye el fallo al que tuvo acceso Bío Bío, ordenándose finalmente dejar sin efecto la sanción de limitación a las visitas que se quería imponer a “Ramiro”.

En ese sentido, cabe recordar que el pasado jueves el propio presidente de la Corte Suprema, Guillermo Silva, había declarado que no conozco una regla que impida que den entrevistas” los internos que están cumpliendo condenas en los penales. “A lo mejor la hay, pero si existe alguna norma en ese sentido, la desconozco”, señaló.

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