Trabajo en plataformas: La DT propone laboralidad, el gobierno dispone precariedad

Y tuvo que ser una división regional de la Dirección del Trabajo la que, en palabras de los propios repartidores, le “puso el cascabel al gato” a este abuso, abriendo una puerta de esperanza hacia el reconocimiento de un trabajo con derechos en estas nuevas formas de trabajar.


Mientras la Dirección del Trabajo de Los Lagos (DT), que por ley es el organismo público encargado de Fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales referentes al trabajo y previsión social, constata en una fiscalización que respecto de once trabajadores repartidores (riders) de la empresa Pedidosya se verificó “elementos constitutivos indiciarios de una prestación de servicios personales, de una remuneración por dicha prestación variable, de turnos de trabajo y de ejecución de labores bajo subordinación y dependencia”, el Gobierno insiste en poner urgencia a un Proyecto de Ley que deja las cosas peor de como están, en la idea de que “El trabajador de plataformas digitales será considerado como trabajador dependiente, según concurran o no los requisitos establecidos en el artículo 7° del Código del Trabajo”, es decir, obliga a seguir judicializando el reconocimiento de derechos laborales, con todas las dificultades que ello conlleva, acentuadas en época de pandemia por el retraso en los procesos judiciales laborales.

Es sabido que la precariedad de los trabajadores de plataformas digitales o Riders tiene su origen en una relación que presenta de forma indiscutible rasgos que caracterizan una situación de “dependencia” de los trabajadores respecto a la plataforma, sin que esta relación sea reconocida por la empresa. Obviamente, esto dificulta imputar las obligaciones que surgen de la relación laboral, que por lógica deberían ser del titular de la plataforma en calidad de empleador. En medio de una relación jurídica finalmente no determinada, los trabajadores y trabajadoras son denominados “colaboradores” o “emprendedores” y trabajan en la práctica por cuenta propia, sin acceso a protección social, a protección legal, a condiciones adecuadas de Seguridad y Salud en el Trabajo ni a otros derechos laborales como el de organización sindical y la negociación colectiva y que deberían gozar como cualquier trabajador dependiente.

Aquí la fórmula que rige es “mientras más trabajas, más ganas”, y no existe límite para ello. Suena bien mientras los trabajadores tengan buena salud y no estén expuestos a las múltiples contingencias de la vida cotidiana; pero si se enferman, tienen un accidente, o no pueden trabajar por muchos días por distintos motivos, simplemente no generan ingresos. Y peor aún, corren el riesgo de ser “desactivados” de la plataforma por inactividad. El sistema es perverso, pero su promesa atractiva bajo la idea engañosa de trabajo “independiente”.

Esta es la informalidad (precariedad) que constató la Dirección del Trabajo de Los Lagos y que significó imponer multas millonarias por primera vez a una plataforma digital de servicios en Chile (Pedidosya), por no cumplir las normas laborales y de seguridad social con sus trabajadores y trabajadoras, tal como quedó graficado en el informe de fiscalización de 07 de abril de 2021: No escriturar contrato de trabajo, no declaración ni pago de cotizaciones previsionales, no llevar registro de asistencia y determinación de las horas de trabajo y no entregar comprobante de pago de remuneraciones.

Lo anterior es sumamente relevante, pues desde hace meses las organizaciones de trabajadores y trabajadoras de plataformas de servicios venían exigiendo que la Dirección del Trabajo hiciera, valga la redundancia, su trabajo, ante lo que resultaba evidente: Miles de mujeres y hombres en las calles de Chile en sus bicicletas o motos, trasladando comida con ropas y mochilas con colores y distintivos de las empresa (rappi, uber, pedidosya, etc.), haciendo crecer las ganancias de las plataformas, sin ninguna protección social, sin reconocimiento laboral alguno y expuestos a su suerte en caso de accidentes, contagios o robos como han transmitido decenas de reportajes en la televisión. Y tuvo que ser una división regional de la Dirección del Trabajo la que, en palabras de los propios repartidores, le “puso el cascabel al gato” a este abuso, abriendo una puerta de esperanza hacia el reconocimiento de un trabajo con derechos en estas nuevas formas de trabajar.

Sin embargo, la respuesta del Gobierno no se hizo esperar, y el mismo día en que se daba a conocer la fiscalización y aplicación de multas a la empresa Pedidosya, el Subsecretario del Trabajo, de quien por lo demás, según la ley, depende la Dirección del Trabajo, anunciaba la suma urgencia (10 días para tramitación legislativa) al proyecto de ley aprobado en el senado que según sus palabras, “se trabajó desde el diálogo social” y permite que el trabajador sea “quien elija cuál es la relación que quiere tener”, pues según él, “hay trabajadores independientes, que quieren compatibilizar, conciliar este trabajo en plataforma con otras responsabilidades, como la vida familiar u otros trabajos”. Es decir, mientras se conocía lo que la DT constataba en la realidad de estos trabajos, el Subsecretario seguía insistiendo en un diálogo social inexistente y en el mundo de fantasía y libertad que para él representa esta “nueva era en el mundo del trabajo”.

En este contexto, es de esperar que en la Cámara de Diputados se pueda modificar sustancialmente dicho proyecto de ley (que no ha nacido del diálogo social), en los términos del recién aprobado proyecto “Mi jefe es una App”, que con las modificaciones efectuadas en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados se orientó en la línea de lo sostenido por la OIT, pues la relevancia que han adquirido los trabajadores de plataformas digitales o Riders durante la pandemia, es una oportunidad para avanzar en la regulación de esta actividad, reconociendo la relación de dependencia existente entre los Riders y la empresa dueña de la plataforma digital, permitiendo y facilitando el acceso efectivo a los derechos laborales de sus trabajadores[1].  De lo contrario, dejaríamos que, mientras las propias empresas en Inglaterra, una mayoría de fallos judiciales en Chile y el mundo y ahora la propia DT, avanzan hacia la laboralidad y el reconocimiento de un trabajo con derechos, el Gobierno avanzara en su senda de seguir disponiendo de precariedad para miles de trabajadoras y trabajadores de plataformas.


* “Trabajadores de delivery: en primera fila de vulnerabilidad frente a la COVID-19”, Guillermo Montt, Gerhard Reinecke y Juan Jacobo Velasco, OIT Cono Sur; 8 de julio de 2020

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