1.- ¿Son “políticos” los presos de la revuelta? En las siguientes líneas no quisiera hacer más que continuar lo que ya han dicho de manera mucho más profunda, los trabajos de los abogadxs Claudio Nash, Myrna Villegas y Julio Cortés entre otrxs. Con matices entre ellos, los tres están de acuerdo en que la politicidad de la prisión sobrevenida durante la revuelta popular de Octubre de 2019 reside en la intensificación de diversos mecanismos excepcionales vía leyes “ad hoc” (como las leyes anti-barricadas aprobadas durante la revuelta), recrudecimiento de la “prisión preventiva” y aplicación de normas jurídicas de alto peso penal frente a casos de delitos mínimos (el caso de Roberto Campos resulta emblemático al respecto).
Me interesa seguir el hilo de sus trabajos reafirmando que, por todos estos antecedentes, la prisión política resulta el nombre preciso para los presos de la revuelta agregando un elemento crucial: que la intensificación de la excepcionalidad a través de un conjunto múltiple de dispositivos legales, paralegales e ilegales en el contexto de la revuelta popular que convierten al prisionero en “político” fue posibilitado por el propio discurso de Piñera la misma noche de la insurrección: “Estamos en guerra contra un enemigo poderoso (…)” –dijo el siniestrado mandatario. Con ello, justificaba el estado de excepción constitucional y la salida de militares a la calle. Al decir que nos enfrentábamos a un “enemigo” Piñera tuvo la audacia que nunca otros tuvieron ni tendrán: reconocer el carácter político de la revuelta y enfrentarse, de esa forma, a ella. No la criminalizó, la politizó pues la trató bajo el término radicalmente político de “enemigo”. Y, a pesar que después pidió disculpas, el acto performático ya estaba desatado: los presos, heridos, asesinados de esas noches y días que vendrán, serán tratados como “enemigos” y, por tanto, perseguidos y, sin embargo, reconocidos en su estatuto “político”. En otros términos, las disculpas del mandatario no detuvieron los mecanismos de excepcionalidad que se pusieron en juego. Al contrario, estos continuaron y se intensificaron.
Paradójicamente, es el propio Piñera quien, en su torpeza política, dio la pauta para entender a los presos de la revuelta (pero también, a sus heridos y asesinados) como “presos políticos”. El acto performativo de decidir acerca de la enemistad fue ofrecido por el propio Piñera quien da el marco de inteligibilidad desde el cual leer hoy a los llamados presos de la revuelta.
2.- Ahora bien, ¿por qué las disculpas públicas no anulan el acto performativo de declarar al “enemigo”? Porque dicho acto desató la declaración del estado de excepción constitucional (con milicos primero, luego con pacos que hicieron la pega de milicos) que se mantuvo intacto por meses –sino años- y no se detuvo. Si para Hannah Arendt el perdón era la forma propiamente política de posibilitar una cierta “reversibilidad” en la política, ello solo es posible si las acciones políticas cambian y no si éstas siguen igual, por más que se modifiquen las palabras. No hay palabras sin acción, sobre todo, si de lo que se trata de entender que el perdón –como la declaración de excepción- también es un acto performativo. Las disculpas de Piñera se vaciaron de contenido político pues no modificaron la lógica excepcionalista echada a andar cuando afirmó la tesis del “enemigo poderoso”, sino que la intensificaron una y otra vez. De esta forma, las disculpas no cuentan, las palabras se vaciaron y la lógica excepcionalista que primó desde el principio siguió su curso en el devenir terrorista del Estado chileno a través de su policía. Por eso, a pesar de las disculpas del mandatario, los presos, heridos, torturados y asesinados, continuaron siendo “políticos”.
3.- Por supuesto fue Carl Schmitt quien propuso que la “distinción propiamente política es la decisión amigo-enemigo”. Distinción que no resulta ser simplemente teórica, sino ante todo práctica y que visibiliza la irreductibilidad del conflicto que pasa, ante todo, por la figura del Estado como su articulador esencial. El punto clave es que si la noche del 18 de Octubre Piñera pudo definir al enemigo es porque ejerció la política al decidir que los pueblos sublevados eran el “enemigo” y, como tal, no podía sino politizarlos. Acto que vendrá a contradecir a los discursos que sobrevendrán después provenientes del oligopolio mediático: que los pueblos insurrectos eran “delincuentes”, “consumidores”, “lumpenconsumismo” entre otras creativas nomenclaturas que parecen haber tenido un solo objetivo: ocultar el carácter político de la revuelta de Octubre. Como si el acto performativo de Piñera que declaraba la existencia de un “enemigo poderoso” hubiera sido tan fuerte y duradero que no midió las consecuencias de lo que podía enfrentar: justamente la acusación de que los presos de la revuelta fueran calificados de “políticos”. Más aún: digamos que lo el discurso del oligopolio mediático intentó soslayar era lo que el propio Piñera había reconocido en un principio: que la situación que experimentaba el país era, de suyo, una situación política. De hecho, en un Prefacio para la edición italiana de El Concepto de lo Político de 1966, Schmitt atendía la mutación sobrevenida de lo político identificando su rasgo esencial: la deriva de la política como policía. Justamente, la lógica del “enemigo poderoso” siguió sus derroteros vía la policía –esas fuerzas paramilitares denominadas Carabineros de Chile- la excepcionalización de los dispositivos securitarios propios del derecho penal y más allá. Precisamente porque la policía reclama para sí el momento de excepcionalidad que vivía el país, es que los heridos, torturados, muertos y presos necesariamente son políticos en la medida que ella expresa el plus político inmanente a todo derecho y, en la medida que ella se anudó desde el acto performativo de Piñera que desató su intensificación. ¿Son presos políticos los presos de la revuelta? Si. Porque en la práctica, así lo condicionó Piñera.