sábado, septiembre 14, 2024

“Justicia clasista”: Solo arresto nocturno para Sebastián Zamora, imputado por homicidio frustrado por arrojar a un menor de edad al Río Mapocho

Comparte

Durante esta semana, se conoció un informe forense solicitado por la defensa del ex carabinero Sebastián Zamora, acusado de homicidio frustrado contra un menor de edad por arrojarlo al lecho del río Mapocho desde una altura de más de 7 metros. El escrito en cuestión es contrario a lo presentado por la Fiscalía y lo declarado por el mismo carabinero. En este artículo, revisamos las aristas de este caso, que incluye al ex fiscal Alejandro Peña, la impotencia de la madre del menor y la justicia que pareciera no existir para los pobres.


Juez pone en duda tesis de fiscal Ximena Chong y homicidio frustrado que se le atribuye a ex carabinero

En una polémica decisión, el magistrado Ponciano Sallés, del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, decretó arresto domiciliario parcial para Sebastián Zamora, exsargento de Carabineros imputado por homicidio frustrado contra un menor de 16 años, hecho que ocurrió el 2 de octubre de 2020 en el Puente Pío Nono.

El juez Ponciano Sallés dio crédito a los peritajes presentados por la defensa y validó la teoría de que no hubo un homicidio frustrado. En la audiencia el magistrado señaló que “hay a lo menos evidencia material y existen también documentos periciales que justifican la teoría del caso de la defensa”.

Del montaje del caso bombas a la defesa de Sebastián Zamora: el ex fiscal Alejandro Peña

Alejandro Peña, exfiscal jefe Metropolitano Sur, saltó a la luz pública por el denominado “caso bombas” que se desarrolló en el país a comienzos del primer gobierno de Sebastián Piñera. En ese entonces, en un operativo liderado por el Ministerio Público, se detuvo a más de 10 personas en distintos lugares de la Región Metropolitana, realizando allanamientos en viviendas y casas okupa debido a investigaciones sobre una serie de explosiones ocurridas en diferentes comunas.

Alejandro Peña

La investigación se encontraba liderada por la Fiscalía Metropolitana Sur, concretamente, por el fiscal regional Alejandro Peña. Sin embargo, la investigación estuvo marcada por una serie de irregularidades que, finalmente, acreditaron la elaboración de un montaje en el que participaron diferentes instituciones estatales, dando cuenta de inconsistencias desde la presentación de pruebas hasta los argumentos presentados por la Fiscalía. Peña dejó su lugar en el Ministerio Público para asumir la jefatura de la División de Seguridad en el Ministerio del Interior.

Los Argumentos de la defensa de Sebastián Zamora

Alejandro Peña solicitó al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago cambiar el arresto domiciliario total por arresto domiciliario nocturno para que su defendido pudiera trabajar. “Cuenta con 2 ofertas de trabajo concretas”, señaló en la audiencia. Además, el ex fiscal aludió a un peritaje solicitado por la misma defensa del ex carabinero y donde se establece que Zamora no quiso empujar al menor de edad al lecho del río y que tampoco corrió riesgo vital, contrario a lo presentado y esgrimido por la Fiscalía e incluso con lo señalado por el mismo Sebastián Zamora, quien había declarado: “pensé que lo había matado”.

Según el informe de investigación criminalística, dado a conocer por Radio Bio Bio y realizado por el Centro de Investigaciones Forenses, “el empujar tiene una acción mecánica observable y medible, en todo momento no se observa esta acción por parte del carabinero. Sí podemos observar claramente la intención principal de agarre (capturar) al manifestante, su brazo derecho extendido, su brazo izquierdo en flexión con la acción amarre a la altura de la cintura del manifestante y la acción innegable cuando el carabinero baja su centro de gravedad al momento del contacto para poder agarrar”. Al mismo tiempo, señala “no es sostenible que las lesiones presentadas por el paciente ‘hayan sido mortales de no mediar socorros oportunos y eficaces’, y tampoco es sostenible que tengan relación con un homicidio frustrado, por cuanto su mecanismo de producción, obedece, habitualmente a una caída con las extremidades superiores extendidas al momento de contacto con una superficie dura”.

Las pruebas y argumentos entregados por la fiscal de Alta Complejidad Centro Norte, Ximena Chong

“Mantenemos hasta ahora la convicción de que efectivamente los hechos son constitutivos de un delito de homicidio frustrado, las imágenes que han aparecido son imágenes que, a nuestro juicio, y de acuerdo a los antecedentes que ha analizado la Unidad de Derechos Humanos, ratifican esa situación”, señaló Ximena Chong.

La fiscal de Alta Complejidad, además, señaló en la audiencia del martes pasado que todos los antecedentes entregados por la defensa de Zamora no eran nuevos y ya habían sido vistos en el juicio que se realizó en el mes de marzo y en donde se cambió la prisión preventiva a arresto domiciliario para el ex carabinero.

En lo formalización realizada en octubre de 2020, Ximena Chong ya había desarmado la versión de la defensa de Zamora. En ese momento, acusaban que la acción de riesgo la había ocasionado el propio menor de edad, ante esto la fiscal señaló “para transformar esta argumentación en términos penales, sobre la autoría en la creación de este riesgo de la propia víctima. Cualquier persona que comete un delito en el contexto de la república, los riesgos que toma son los riesgos de ser detenido, de ser puesto a disposición del tribunal, de ser formalizado, de que a su respecto se dispongan medidas cautelares y el riesgo de una sanción acorde a la gravedad de los delitos, conforme a la legislación vigente”, comenzó diciendo.

“Queremos ser enfáticos, y queremos ser claros. En los casos en que nos ha correspondido intervenir, también por casos de violencia institucional, donde las víctimas se han encontrado incluso tomando parte en manifestaciones violentas no autorizadas, lo hemos señalado porque entendemos que aquellas circunstancias no constituyen de ninguna manera una patente de corso (autorización) para la actuación delictiva de agentes del estado”, finalizó.

Fiscal Ximena Chong

Además, durante la formalización de Zamora, la fiscal Ximena Chong señaló que el imputado “se abalanzó corriendo sobre la víctima, haciéndola caer desde el puente Pío Nono al lecho del río, causándole lesiones de gravedad. La caída desde una altura de 7,4 metros no se produjo por una situación azarosa, sino por la acción del imputado, quien se retiró del lugar sin prestar ayuda al joven que estaba boca abajo en el agua”.

Chong sostuvo que el funcionario policial desplegó “una serie de conductas tendientes a tergiversar o sencillamente encubrir su acción homicida”, ya que se intentó hacer pasar a la víctima como un detenido en la Primera Comisaría de Santiago, hecho que nunca ocurrió.

Justicia clasista: Las declaraciones de la madre del menor y su abogado

Daisy Alvear, madre del menor de edad, señaló en un video compartido en redes sociales, que “vi cómo se libera totalmente al carabinero que intentó matar a mi hijo, lanzándolo al río desde una altura de más de 7 metros y le dieron total libertad. Me parece una burla que la persona que quiso matar a mi hijo esté gozando de libertad tranquilamente. Siento que esta es una justicia clasista, ya que para algunas hay prisión preventiva y para los otros existe total libertad. Lo encuentro insólito. Tengo mucha impotencia. Espero que algún día se haga justicia en nuestro país”.

Daysi Alvear

A su vez, Fernando Monsalve, abogado del menor, señaló que “lo que ha sucedido en este caso es un ejemplo de la denominada justicia clasista, que para algunas y algunos determina prisión preventiva, para aquellos que han luchado y, me atrevo a decir, que han dado sustento al proceso histórico en que nos encontramos, se encuentran en prisión por meses y años. Otros, como los agentes del estado, como en este caso, que lanzó por más de 7 metros a un menor de edad, se encuentra hoy, por resolución del magistrado Ponciano Sallés, en libertad absoluta. Determinó el arresto domiciliario nocturno que es burdo, ya que todos estamos hoy con toque de queda. Él se encuentra en libertad a pesar de ser imputado de un delito en su carácter de agente del estado cuando él era un agente represivo”.

Alexis Polo
Alexis Polo
Periodista especializado en derechos humanos y memoria.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Te puede interesar

Lo Último

¡Apoya al periodismo independiente! Sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran.
Únete aquí

¡Apoya al periodismo independiente!

Súmate, sé parte de la comunidad de La voz de los que sobran. Así podremos seguir con los reportajes, crónicas y programas, que buscan mostrar la otra cara de la realidad, esa que no encontrarás en los medios de comunicación hegemónicos.