Condenan a más de 7 años de cárcel a preso del estallido acusado de ‘homicidio frustrado’ de PDI: sanantonino alega inocencia

De izquierda a derecha: Claudio, Jorge y Jordano

Jordano Santander deberá cumplir su condena de manera efectiva, mientras que Claudio Bravo, Jorge Hernández y Patricio Alvarado, sentenciados a penas que van de los 540 a los 600 días por daños calificados en los edificios de la PDI y de la Fiscalía, podrán cumplirla en libertad.

Este martes el Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de San Antonio dio a conocer la sentencia en el caso de los presos del estallido social en San Antonio, esto luego de que Claudio Bravo (29), Patricio Alvarado (25), Jorge Hernández (28) y Jordano Santander (35) fueran condenados el pasado 9 de abril como autores de daños calificados en grado de reiterados, sumándosele al último de ellos los delitos de homicidio frustrado y receptación.

Los cuatro sanantoninos fueron acusados de atacar el edificio de la Policía de Investigaciones (PDI) y de la Fiscalía local con balines y hondas, y en el caso de Santander se le sumó el delito de receptación y el de homicidio frustrado por intentar supuestamente atropellar a un funcionario de esa institución al momento de las detenciones el 3 de marzo de 2020.

Finalmente, Jordano Santander, Claudio Bravo y Patricio Alvarado fueron condenados por daños calificados reiterados a la pena de 540 días de reclusión menor en grado mínimo, más las accesorias legales y una multa de 6 UTM. En tanto, a Jorge Hernández, por el mismo delito, se le impuso una pena de 600 días de reclusión menor en su grado medio, más las accesorias legales y la misma multa de 6 UTM, accediendo los tres últimos al beneficio de la remisión condicional de la pena -es decir, sin ir a la cárcel- y la multa se tuvo por cumplida atendido el año y dos meses aproximadamente que estuvieron privados de libertad. 

Sin embargo, el escenario para Jordano Santander es más complejo, luego de que como supuesto autor de homicidio frustrado contra un funcionario de la PDI fuera condenado a la pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, más accesorias legales, debiendo cumplir esta sentencia privado de libertad. En tanto, por el delito de receptación se le condenó a 300 días de presidio menor en su grado mínimo y a una multa de 5 UTM, la que junto a la otra establecida podrán ser canceladas en pagos mensuales de 1 UTM.

Respecto del delito contra la Ley de Seguridad del Estado, todos fueron absueltos.

Jordano Santander

Los cuatro presos del “estallido social”, quienes se reivindican como “presos políticos”, acusan un montaje de la PDI para inculpar injustamente a Jordano Santander del delito de homicidio frustrado, lo que niegan rotundamente.

La voz de los que sobran conversó en la previa de esta sentencia con Tania Parada, pareja de Jordano Santander, quien junto con profundizar en la afectación familiar y personal que este proceso les ha significado, sostuvo que “se comprobó que el funcionario Hugo Gutiérrez Herrera -quien supuestamente habría sufrido el intento de atropello por parte de Santander- no tenía daños”.

Junto con ello, destacó que la Policía de Investigaciones exhibió como prueba un auto azul “todo chocado” supuestamente por su pareja, sin embargo, explicó que “el auto de mi compañero no tenía nada, ni siquiera un choque, ni siquiera una raya azul, nada, se comprobó que no está chocado. Los tres magistrados avalaron esta mentira”.

En esa misma línea, la abogada María Rivera había sido categórica al señalar tras la condena a Jordano Santander que “estamos convencidos de que no se pudo acreditar bajo ningún punto de vista el delito de homicidio frustrado”.

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